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Diversos programas, regados con fondos europeos, impulsarán la rehabilitación energética de viviendas. Avelino gómez

¿Qué ayudas existen para la rehabilitación energética de viviendas?

Tanto el Gobierno vasco como el central conceden subvenciones a fondo perdido, aunque en principio ambas son incompatibles

Miércoles, 5 de mayo 2021, 23:44

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La rehabilitación de las viviendas es una pieza importante para alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos marcados por la Unión Europea. El Gobierno español quiere poner en marcha una serie de programas, regados con fondos europeos, para mejorar la eficiencia energética de viviendas y edificios públicos. En la actualidad ya existen ayudas, en forma de subvenciones, préstamos y desgravaciones fiscales para comunidades de vecinos. Las dan el Gobierno vasco, por un lado, y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía (Idae) por otro.

Plan Renove Rehabilitación Vivienda (Etxebide)

El Gobierno vasco, a través de su Servicio de Vivienda (Etxebide), tiene en macha un programa de ayudas a particulares y comunidades de personas propietarias para la rehabilitación de edificios y viviendas. El programa, cofinanciado al 50% por Europa, contempla varias líneas actuación. Entre ellas, la «intervención en la envolvente térmica para ahorro de energía». Es decir, la reforma de la estructura que envuelve los edificios con el objetivo de mejorar su aislamiento térmico.

Por un lado, se ofrecen ayudas directas a la comunidad de propietarios «para la rehabilitación de elementos comunes» (es el caso de la fachada). La subvención es del 5% el presupuesto, con un tope máximo de 2.000 euros. Y se elevará al 20%, con un tope máximo de 3.000 euros, cuando se trate de una rehabilitación integrada. Es decir, actuaciones que se realizan en conjuntos urbanos declarados Areas de Rehabilitación Integrada (ARIs).

No obstante, si la obra de la envolvente térmica alcanza unos determinados valores de mejora, la ayuda asciende notablemente. Aquellas actuaciones que supongan un porcentaje de mejora entre un 0% y un 50% respecto a la envolvente anterior, se concederá a la comunidad de propietarios una subvención del 30% del presupuesto, con un tope máximo de 30.000 euros. Si la mejora supera el 50%, se subvencionará la mitad del presupuesto, con un máximo de 45.000 euros.

Independientemente de la ayuda a la comunidad, cada propietario puede solicitar la suya. Siempre, eso sí, que pertenezca a una una unidad convivencial cuyos ingresos no superen los 21.000 euros anuales. La subvención será más alta cuanto menor sea la renta y más hijos se tenga. Puede alcanzar un máximo del 40% de la cuota que le corresponde pagar por la obra, con un tope de 5.500 euros.

El programa contempla además «financiación cualificada» (préstamos) a los propietarios cuyos ingresos anuales no superen los 33.000 euros y desgravaciones fiscales. Su cuantía podrá alcanzar la totalidad del presupuesto, deducidas, si se da el caso, las subvenciones a fondo perdido. El tipo de interés será «el del convenio vigente en el momento de la autorización administrativa».

Para poder beneficiarse de estas medidas el edificio a rehabilitar tienen que tener más de 10 años de antigüedad, y debe constituir el domicilio «habitual y permanente» de la persona que las solicita. Además, debe haber pasado la ITE (Inspección Técnica de Edificios) -aunque tenga menos de 50 años de antigüedad- antes de formalizar la petición.

Programa PREE

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través del Idae (Instituto para la Diversificación y Ahorro Energético) coordina las ayudas del Programa PREE. La iniciativa subvenciona la rehabilitación energética de edificios, y cada comunidad autónoma se encarga de gestionar los fondos recibidos. En el caso de Euskadi, es el Ente Vasco de la Energía (EVE) quien maneja un presupuesto de 25,3 millones de euros.

El plazo de presentación de solicitudes acaba el 31 de julio de este año, y el plazo para ejecutar las obras es de 18 meses desde que se notifica la resolución de concesión. Además, los solicitantes disponen de 3 meses adicionales para presentar la justificación de la inversión y solicitar el pago de la ayuda.

El objetivo del PREE es impulsar la sostenibilidad de los edificios existentes con tres tipos de actuaciones: cambios en la envolvente térmica, sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por otras basadas en fuentes renovables (biomasa, geotermia, bomba de calor o autoconsumo), así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.

Se pueden beneficiar de este programa las personas físicas o jurídicas propietarias de edificios existentes -construidos antes de 2007- destinados a cualquier uso. También las comunidades de propietarios -o agrupaciones de comunidades- de edificios residenciales con uso de vivienda.

El presupuesto de obra subvencionable oscila entre un mínimo de 10.000 euros y un máximo de 1 millón. La ayuda máxima por destinatario es de 500.000 euros. Además, no pueden acceder a las ayudas las obra que no consigan y justifiquen una reducción del consumo de energía final de un 10% respecto a su situación de partida.

En el caso de las obras para sustituir la envolvente térmica la cuantía de la ayuda base es del 35% del presupuesto, con un máximo de 6.000 euros por vivienda si el edificio se destina a este suso. Además, se establece una ayuda adicional en base a tres criterios:

-Social: tienen derecho a una ayuda adicional las actuaciones que se realicen en edificios calificados bajo algún régimen de protección pública, o aquellos situados en las áreas de regeneración y renovación urbanas o rurales. En este caso la cuantía de la ayuda adicional asciende a un 15% del presupuesto total de la obra (sólo para edificios con uso de vivienda)

-Eficiencia energética: en este caso la ayuda adicional se dirige a las obras que eleven al calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B en la escala de CO2. O bien incrementen en dos letras la calificación energética de partida. Si la calificación final es de letra A, la ayuda adicional es del 15% del presupuesto subvencionable; del 10% si la calificación es B, y del 5% cuando el incremento es de dos o más letras.

-Actuación integrada: se refiere a aquellos edificios de uso vivienda que lleven a cabos obras de dos o más tipologías de actuación previstas en el programa. Una de ellas tiene que ser obligatoriamente la de renovación de la envolvente térmica que disminuya la demanda global de calefacción y refrigeración del 30%. El porcentaje de ayuda adicional para estos edificios alcanza el 20% del presupuesto subvencionable.

Ambas ayudas, -las del Gobierno Vasco y las de PREE- no son en principio compatibles, ya se nutren de los fondos europeos Feder (en el caso vasco, al 50%).

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