Nuevo IPRF en Bizkaia para 2021

Así tributarán los vizcaínos en 2021

Los rendimientos de trabajo anuales inferiores a 14.000,01 euros no estarán sujetos a retención

Miércoles, 23 de diciembre 2020, 03:10

El año que viene traerá numerosas novedades para los contribuyentes vizcaínos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Unos cambios que forman parte de las medidas adoptadas por el Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia para no penalizar la tributación de los ciudadanos que hayan visto afectada su situación laboral como consecuencia de la pandemia del Covid.

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La batería de medidas busca reducir el número de contribuyentes obligados a declarar por el IRPF. Una de las más relevantes es que los rendimientos del trabajo anuales por debajo de los 14.000,01 euros no estarán sujetos a retención, límite que se equipara al fijado para la obligación de declarar el impuesto. Este umbral se eleva de 12.000 a 14.000 euros en el caso de dos o más pagadores.

También se establece un techo de 20.000 euros en los supuestos de más de un pagador cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere en su conjunto no supere los 2.000 euros anuales. Como consecuencia de estos cambios desaparecen de la tabla de retenciones de trabajo fijada para 2021 los cuatro tramos salariales que determinaban los porcentajes de retención entre los 11.860,01 y los 14.020 euros.

Además, se declaran exentas del pago del IRPF en los ejercicios 2020 y 2021 las siguientes rentas:

-Ayudas concedidas por las instituciones públicas para garantizar el derecho a la vivienda de personas en situación de vulnerabilidad económica y social como consecuencia de la crisis del Covid.

-Las ayudas del Gobierno vasco de apoyo a las familias para responder al impacto económico de la pandemia. También las concedidas para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

-Las ayudas obtenidas a través de bonos en programas de estímulo al consumo en el sector turístico, de restauración y hostelería (Euskadi Turismo Bono y similares), en el sector comercial (Euskadi Bono Denda y similares), y en el ámbito cultural (Bizkaia Aurrera Kultura Bonua).

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-Las ayudas extraordinarias para los trabajadores autónomos, como las concedidas por la Diputación al sector del turismo, las otorgadas por el Gobierno vasco a la hostelería o por Lanbide a los autónomos cuya actividad ha quedado suspendida a consecuencia de la declaración del estado de alarma.

-Las prestaciones por las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa del Covid derivadas de seguros colectivos gratuitos a favor del personal sanitario suscritos por entidades aseguradoras.

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Además de fijar qué rentas están exentas de pagar el IRPF, la batería de medidas -incluidas en dos nuevos decretos forales- adoptadas por la Diputación flexibiliza los plazos tributarios y establece deducciones fiscales. El aplazamiento en el pago de impuestos -para favorecer la liquidez de los contribuyentes más afectados por la crisis- contempla dos medidas. Por una parte, un nuevo aplazamiento extraordinario sin intereses ni garantías. En segundo lugar, una novedosa regulación, «más flexible», de los aplazamientos ordinarios para el pago de impuestos.

Vivienda habitual y obras de renovación

La Diputación ampliará los plazos para hacer efectivas las cantidades depositadas en cuentas vivienda para la adquisición de vivienda habitual. También para comprar una en construcción, reinvertir en ella o para su ocupación efectiva y permanente. Además, se extiende a 2021 la deducción extraordinaria en la cuota del IRPF del 10% del coste de obras de renovación de la vivienda habitual para los contribuyentes que no la hubieran aplicado este año.

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Deducción para la digitalización del comercio local

Las personas que llevan a cabo actividades económicas podrán deducir de las cuotas del IRPF correspondientes a los ejercicios 2020 y 2021 el 10% de las cantidades destinadas a implementar herramientas digitales en sus procesos de comercialización y venta.

Exención del pago fraccionado de autónomos

Las personas que realizan actividades económicas están exentas del pago fraccionado de IRPF correspondiente al cuarto trimestre de 2020, que se abonará en enero de 2021.

Rescate de EPSVs

Las personas en ERTE o ERE como consecuencia del Covid que rescaten su EPSV en forma de renta mensual integrarán en su base liquidable el 60% si el cobro se ha producido en un ejercicio, y el 75% si lo han hecho en 2020 y 2021.

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Aplazamiento de deudas tributarias

Se establece un aplazamiento excepcional para el pago de deudas tributarios cuyo plazo de presentación voluntaria finalice antes del 30 de abril de 2021. La deuda se abonará con tres meses de carencia en seis plazos mensuales de igual importe.

Impuesto de Sociedades

Se incrementa la deducción por creación de empleo. En 2021, el importe a deducir por cada contrato se mantienen en el 25% de salario del trabajador. Pero se eleva de los 5.000 a 7.500 euros el importe máximo de deducción por cada contrato celebrado. El requisito de salario mínimo anual debe superar el 150% del SMI. Esto es, superior a 19.950 euros anuales.

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También se prorrogan a 2021 las medidas fijadas de manera extraordinaria para ciertos tratamientos tributarios en en Sociedades, y la deducción extraordinaria por inversión en microempresas y pymes. Además, se extiende a 2021 el incremento del periodo de carencia de los préstamos concedidos por los diversos fondos europeos.

Respecto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se amplia en seis meses los plazos que finalicen en 2020 o 2021 para la presentación de la documentación que acredite que la vivienda cumple los requisitos para ser considerada como habitual.

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