Borrar

Una asesora del SEPE avisa sobre un importante documento: «Pueden denegarte el subsidio»

El Servicio Público de Empleo Estatal exige ciertos requisitos para acceder a esta prestación

Miércoles, 11 de junio 2025, 01:07

A la hora de solicitar el subsidio importa hasta el más mínimo detalle. Por eso, los asesores del SEPE insisten en la importante de tener controlados todos los requisitos que se exigen para acceder, por ejemplo, al cobro del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, el conocido paro. Y el que más dudas genera por su dificultad es, sin duda, el cumplimiento de la carencia de rentas. La declaración responsable es el documento que sirve como carta de presentación y en el que debe desgranarse estas inyecciones económicas. De no hacerlo, se pone en riesgo la ayuda, tal y como advierte María José Gómez, asesora de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, en el programa Madrid Trabaja, de Onda Madrid.

Actualmente el límite de ingresos mensuales para poder optar a esta ayuda del SEPE es de 888 euros mensuales, lo que equivale al 75% del SMI. Gómez explicaba a una oyente la importancia de presentar esta declaración responsable. «Si no se presente, se podría retrasar la concesión de la ayuda o incluso que suponga su denegación», avisaba. También ponía sobre la mesa cómo calcular las rentas a través de los rendimientos efectivos y presuntos.

«El SEPE tendrá en cuenta los ingresos en el mes natural anterior a la solicitud. Es el que se toma de referencia», desgranaba para la consulta de la oyente, que pretendía solicitar el subsidio tras agotar el paro. Así, cada trimestre en el que haya que renovarlo. Si hay cargas familiares, será hasta los 30 meses de duración. Sin ellas, como máximo de medio año. La mujer contaba de rendimientos efectivos, como el de un depósito que le brindaba un beneficio de 150 euros cada mes. Esa cantidad se suma «tal cual». En otros casos, como en el del dinero en su cuenta corriente, se calcularía el rendimiento presunto. «Se le aplica el interés legal del dinero, el 3,25%, y se divide entre doce meses».

Hay que tener en cuenta que se excluye de ese rendimiento presunto la vivienda habitual donde se reside trabajador, los bienes que generan rentas o los planes de pensiones, siempre que no se rescaten. «La declaración responsable es necesaria en la solicitud de alta inicial, prórroga o reanudación del subsidio. Tus datos serán contrastados con los que figuren en las declaraciones tributarias. Si ocultas rentas que, de haberse tenido en cuenta hubieran supuesto la denegación de tu solicitud inicial, se revocará la prestación concedida y el importe indebidamente percibido se te reclamará por el Servicio Público de Empleo Estatal», avisa el SEPE en su página web.

El pasado 1 de noviembre entró en vigor el Real Decreto ley 2/2024. La nueva norma contempla una subida del subsidio hasta los 570 euros durante los primeros seis meses. Ahora se dividen en tres tramos:

-Los 6 primeros meses: los perceptores cobrarán el 95% del IPREM (570 euros, con el IPREM actual).

-Los 6 meses siguientes: el 90% del IPREM (540 euros).

-El resto de tiempo, hasta los 30 meses máximo: 80% del IPREM (480 euros).

En cuanto a la duración del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, el SEPE la determinará en función de los días consumidos de paro, la edad del solicitante y si cuenta o no con cargas familiares.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

elcorreo Una asesora del SEPE avisa sobre un importante documento: «Pueden denegarte el subsidio»

Una asesora del SEPE avisa sobre un importante documento: «Pueden denegarte el subsidio»