Más de 52 años y todos los requisitos para jubilarse salvo la edad: el subsidio de 480 euros del SEPE para estos desempleados
El Servicio Público de Empleo Estatal respalda a este grupo de edad con una prestación específica
El SEPE cuenta con un subsidio destinado específicamente para aquellos desempleados mayores de 52 años. Esta prestación busca respaldar económicamente a un grupo de edad especialmente vulnerable en el caso de quedarse en situación de desempleo dada su mayor dificultad para reinsertarse en el mercado laboral. Eso sí, el Servicio Público de Empleo Estatal exige una serie de requisitos para poder optar a esta ayuda. De una forma sintética, hay dos principales, haber cumplido esos años y cumplir todos los requisitos para jubilarse, salvo la edad.
La ayuda se encuentra fijada actualmente en los 480 euros (80% del IPREM), un ingreso que se prolonga hasta que el perceptor pueda jubilarse, siempre y cuando no supere el máximo de ingresos permitido, que se sitúan en 888 euros mensuales con la última subida del SMI. La principal diferencia con subsidio por agotamiento de la prestación contributiva o el de cotizaciones insuficientes es que, en este caso, el SEPE aporta a la base de cotización por jubilación el 125% sobre el Salario Mínimo Interprofesional.
Entre los requisitos para el acceso, además de estar en desempleo y en búsqueda activa de trabajo, el solicitante debe haber cumplido a fecha de la solicitud los 52 años y haber agotado el paro. Tampoco pueden tener la condición de trabajadora fija discontinua. Los dos últimos requisitos quizás sean los que más problemas presenten para la mayoría de solicitantes: tener 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos quince años, y haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.
Ya una vez concedida la ayuda, los perceptores deben tener en cuenta una serie de reglas para evitar cometer infracciones y poner en peligro el subsidio. Por ejemplo, supondrá la extinción directa rechazar una oferta de empleo adecuada, salvo causa justificada, y negarse a participar en los trabajos de colaboración social o en programas de empleo ofrecidos por los servicios públicos de empleo. También tienen la obligación de presentar el DAR (Declaración Anual de Rentas) ante el SEPE y presentar la declaración del IRPF ante la Agencia Tributaria si la ayuda ha sido concedida con posterioridad al 1 de noviembre, fecha en la que entró en vigor la reforma.
-
Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años
-Estar en desempleo.
-No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio
-Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
-Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años.
-Haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.