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Los autonómos y pequeños empresarios vascos que se arruinen en esta crisis y se acojan a Ley de la Segunda Oportunidad para optar al perdón de su deuda, podrán también liberarse de sus cuentas pendientes con Hacienda y con la Seguridad Social. Euskadi cuenta ya ... con dos sentencias pioneras -una en Álava y otra en Gipuzkoa- en las que se descarga al deudor de esa pesada losa, en contra de lo dispuesto por el Gobierno de Sánchez en el texto refundido de la Ley Concursal del pasado mayo, que deja los créditos públicos fuera de la exoneración. Este cambio, que entró en vigor en septiembre, había supuesto un mazazo para esta vía, que supone una de las pocas esperanzas que existen para las personas asfixiadas porque su negocio ha quebrado y tienen que responder con su patrimonio. Es un camino tortuoso, pero los jueces vascos parecen dispuestos a eliminar obstáculos. En España solo hay dos resoluciones similares en Madrid y Barcelona.
El caso guipuzcoano se trata de un transportista de Irún con más de diez camiones que tuvo que cerrar su empresa. La Hacienda de Gipuzkoa le derivó toda la deuda generada por la compañía contra su patrimonio, cerca de 788.000 euros. El empresario se declaró en concurso de acreedores para las personas físicas y se acogió a la Ley de la Segunda Oportunidad. Dentro del proceso, tuvo que liquidar todos sus bienes, lo que supuso la venta en subasta de dos viviendas y una lonja. Con el dinero pagó el crédito hipotecario y otras deudas, pero le quedaron pendientes 661.000 euros con Hacienda.
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al supremo otra vez
La Diputación de Gipuzkoa presentó una demanda en el Mercantil de San Sebastián contra la exoneración de su deuda pendiente, con el argumento de que el texto refundido de la Ley Concursal deja fuera del perdón el crédito público. Pero el juez Pedro Malagón rechazó su tesis y aprobó la liberación en una sentencia del pasado diciembre. Se escudó en la doctrina establecida por el Supremo en julio de 2019, que en un fallo avalado por todo el pleno estableció que el crédito público también podía ser exonerado según el criterio del juez. Y es que la anterior Ley Concursal ya planteaba incoherencias en su seno. El problema es que el texto refundido de mayo las ha solventado en contra de los deudores y del espíritu de la directiva europea pendiente de transponer en España.
«El cambio fue una sorpresa porque al principio no venía así. Pero en la versión definitiva del texto refundido se saca al crédito público de la exoneración, en una reforma encubierta», explica Rafael Dueñas, abogado del caso y responsable del despacho Sekinin y su plataforma 'Volver a Empezar'. En su opinión, el fallo del Mercantil de San Sebastián supone «un espaldarazo para los autónomos y pequeños empresarios que se hayan visto obligados a cerrar sus negocios y quieran reiniciar su actividad». Espera un auténtico aluvión de casos tras la pandemia que tanto ha castigado a sectores como la hostelería.
En el caso alavés el conflicto no es con Hacienda sino con la Seguridad Social, pero el fondo de la cuestión es idéntico y también lo es el criterio de la jueza del Mercantil de Vitoria, María Teresa Trinidad. Se trata de una persona que se acogió a la Ley de la Segunda Oportunidad porque solo tenía una nómina de 880 euros y una deuda de 84.913 euros. No le llegaba ni para pagar el crédito privilegiado, asi que se optó por la alternativa de un plan de pagos a cinco años con el que debía devolver 8.007 euros. El resto, que mayoritamente era deuda con Santander y Laboral Kutxa, se le perdonaba.
La Tesorería de la Seguridad Social -a la que debía solo 3.436 euros- se opuso con el argumento de que el crédito público quedaba fuera tras la reforma de Sánchez. La Diputación de Álava, en cambio, aceptó. En su sentencia, fechada en octubre, la jueza se aferra también a la doctrina fijada por el Supremo en julio.
Contra ambas sentencias cabe recurso ante la Audiencia Provincial y, de hecho, la Hacienda de Gizpuzkoa ya ha apelado. Lo más seguro es que el caso vuelva al Supremo. «Pero por ahora los jueces vascos que se han pronunciado no están aplicando lo recogido en el texto refundido de la Ley Concursal», señala Aner Uriarte, juez decano de Bilbao, plaza donde aún no hay sentencia.
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