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¿Puedo cobrar pensión de jubilación sin haber cotizado 15 años?

Las personas con carreras de cotización inferiores al mínimo exigido pueden acceder a la pensiones no contributivas, que oscilan entre los 1.384 y los 5.538 euros anuales

el correo

Lunes, 22 de junio 2020, 02:02

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Para cobrar la pensión de jubilación completa se exigen una serie de requisitos. Entre ellos, haber cotizado un mínimo de 15 años. Además, dos de ellos tendrán que estar comprendidos dentro de los 15 anteriores al momento del retiro. Sin embargo, las personas con carreras de cotización inferiores a esa cifra o en estado de necesidad económica tienen derecho a recibir una prestación no contributiva.

En el caso de la pensión no contributiva de jubilación, está dirigida a los ciudadanos españoles y nacionales de otros países con residencia legal en España que cumplan una serie de condiciones. En primer lugar, carecer de ingresos suficientes. Para este 2020 el umbral máximo de rentas está situado en los 5.538,40 euros anuales.

No obstante, si se convive con familares, la suma de ingresos y rentas obtenidas por todos los miembros de la unidad económica de convivencia no deberá superar una serie de cuantías: 9.415,28 euros anuales en los hogares con dos convivientes, 13.292,16 en los de tres, y 17.169,04 euros si conviven cuatro personas. Estas cantidades son las fijadas para los hogares en los que el beneficiario conviva sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos).

Sin entre los parientes consanguíneos se encuentra alguno de los padres o hijos del beneficiario, los ingresos o rentas máximos anuales serán de 23.538,20 euros (dos convivientes), 33.230,40 euros (tres) y 42.922,60 (cuatro convivientes).

Además, los beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación deberán tener 65 o más años, residir en España y haberlo hecho durante un periodo de diez años entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión. Dos de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la prestación.

Cuantía mínima de 98,90 euros al mes

La cuantía de la prestación depende del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales, y/o del número de personas que viven en ese mismo hogar. En todo caso, nunca será inferior a los 1.384,60 euros anuales (98,90 euros mensuales más dos pagas extraordinarias al año). Una cantidad que se corresponde con el 25% del importe íntegro establecido para el año 2020: 5.538,40 euros anuales (doce mensualidades de 395,60 euros más doce pagas extraordinarias al año).

Cuando en la misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, las cuantías quedan de la siguiente manera: 4.707,64 euros al año (336,26 euros al mes) en el caso de que haya dos beneficiarios en la misma unidad de convivencia, y 4.430,72 euros anuales (316,48 euros mensuales) si son tres los convivientes.

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