Madres con dos hijos y 1.100 euros o más de pensión pierden con el nuevo complemento
Salen beneficiadas las que tengan un solo vástago, las rentas bajas, los padres y quienes se jubilen anticipadamente
Desde el pasado jueves ya está en vigor el nuevo complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, que sustituye al antiguo complemento ... de maternidad. Supone esto que todas las madres que se jubilen tendrán derecho a un plus, incluso ahora algunos padres también. El análisis de los detalles de esta nueva medida demuestra que las madres con un hijo, las que tengan una renta muy baja y los padres que cumplan unos requisitos son los grandes beneficiados, mientras que una mujer con sueldo medio y dos hijos y las rentas altas pueden perder casi hasta 300 euros al mes.
¿Quién lo puede percibir?
En principio lo recibirán las mujeres que hayan tenido uno o más hijos (la normativa anterior lo concedía a partir del segundo). Pero también pueden disfrutarlo los padres, aunque no conjuntamente, y para ello tendrán que solicitarlo expresamente y cumplir unos requisitos. Si ninguno de los dos ha visto afectada su carrera laboral, se dará el complemento por defecto a la mujer. En caso de que ambos progenitores sean del mismo sexo, se le asignará a quien perciba una pensión más baja.
¿Qué requisitos se exigea los hombres?
El nuevo diseño de este complemento abre la puerta a que lo cobren los hombres, aunque da prioridad a las mujeres y para eso les impone una serie de condiciones, como que su pensión sea inferior a la de la madre. Además, tienen que haber estado más de cuatro meses sin cotizar entre los nueve meses anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes (para hijos nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994). O que la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción sean inferiores en más del 15% a la suma de los dos años anteriores (para hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995). También podrán cobrarlo los viudos por los hijos en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad. No se reconocerá el derecho al complemento al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer o contra los hijos. Tampoco lo recibirán el padre o la madre que haya sido privado de la patria potestad.
¿A cuánto asciende?
El nuevo complemento consiste en una cantidad fija y no en un porcentaje de la base reguladora como el anterior, que era un 5% si se tenía dos hijos, un 10% con tres y un 15% a partir de cuatro. Ahora se abonarán 378 euros anuales por cada hijo hasta un límite de cuatro; es decir, que el máximo serán 1.512 euros al año. Se repartirá en 14 pagas, lo que supone 27 euros al mes por hijo. La cuantía se incrementará cada año en el mismo porcentaje que las pensiones contributivas.
¿Se gana o se pierde con el nuevo mecanismo?
Habrá unos colectivos que ganen y otros que pierdan dinero respecto al anterior complemento. Salen beneficiados siempre los padres, las madres que sólo tengan un hijo y quienes se jubilen de manera anticipada, ya que antes no tenían derecho a este complemento. Con carácter general, la nueva modalidad beneficia a las pensiones más bajas, al tratarse de una cantidad fija y no un porcentaje. Por el contrario, perjudica a las rentas altas.
Si se tienen dos o más hijos, se ganará o perderá en función de la renta, ya que los que tengan ingresos más bajos saldrán beneficiados con el rediseño. Así, las madres con dos hijos y una pensión de menos de 1.100 euros saldrán ganando, pero perderán quienes cobren más de esta cantidad. Por ejemplo, con dos hijos y 1.100 euros mensuales de pensión se pierde un euro al mes, que son 21 euros menos si la pensión alcanza los 1.500 euros. Si se tienen tres hijos y una pensión de 1.100 euros, se cobrarán 29 euros menos con el nuevo complemento. En el caso de cuatro hijos y rentas altas, la pérdida puede superar los 250 euros al mes.
¿Se aplica a todas las pensiones?
Se reconocerá en todas las modalidades de pensión (jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad), salvo en la jubilación parcial.
¿Se puede recibir si se tiene derecho a la pensión máxima?
Sí. Este complemento «no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión», según consta en el BOE.
¿Hasta cuándo se mantendrá?
El nuevo complemento se mantendrá mientras la brecha de género en las pensiones de jubilación no se reduzca por debajo del 5%. En la actualidad ronda todavía el 30%.
¿Y qué ocurre con quienes ya lo estaban cobrando?
Más de 752.000 mujeres pensionistas ya lo recibían y seguirán cobrándolo sin cambios y actualizándose con la misma subida que las pensiones.
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