Los 'riders' forman parte ya del escenario urbano. AFP

La Justicia reitera que los trabajadores de Deliveroo son falsos autónomos

Un tribunal de Barcelona condena a la empresa a contratar a 748 'riders' y a pagar sus cuotas a la Seguridad Social

Miércoles, 13 de enero 2021, 00:32

Los repartidores de la plataforma de envíos de comida a domicilio Deliveroo son falsos autónomos. Así lo dictaminó ayer el Juzgado de lo Social número ... 24 de Barcelona, en una sentencia que da la razón a la Seguridad Social en el caso de los 748 'riders' que propiciaron la denuncia interpuesta por la Inspección de Trabajo en octubre de 2018.

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Según la jueza, el sistema que la empresa utiliza para enviar los pedidos a los repartidores penaliza a quienes los rechazan, que pueden llegar incluso a ser despedidos, por lo que no existe la libertad que Deliveroo esgrimía para pagarles por cada entrega como si fuesen trabajadores autónomos bajo un contrato por arrendamiento de servicios.

Por esa razón, la magistrada dictamina que existe una relación laboral y condena a la compañía Roofoods Spain a contratar a todos los 'riders' y a abonar las cotizaciones a la Seguridad Social de los afectados entre 2016 y 2018, cuyo importe puede superar el millón de euros.

Los repartidores de Deliveroo pueden determinar la franja horaria y la zona geográfica en la que están dispuestos a trabajar, pero tienen una libertad limitada para rechazar encargos que la aplicación les asigne porque acarrea consecuencias. Como sucede con otras plataformas similares, e incluso en empresas que ofrecen servicios de vehículo de transporte con conductor, los trabajadores son calificados y penalizados por decisiones como esas, que pueden traducirse en un acusado descenso de los viajes encargados, con la consecuente disminución de los ingresos, e incluso en el cese total de las operaciones.

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La sentencia de Barcelona está en línea con la jurisprudencia que el Tribunal Supremo sentó el pasado mes de septiembre, cuando el Pleno de la Sala Cuarta determinó que un repartidor de la competidora Glovo era falso autónomo porque la plataforma no se limita a hacer de intermediaria, sino que coordina y organiza el servicio que provee.

Como sucedió ayer en Barcelona, el alto Tribunal determinó que la libertad de los 'riders' está limitada y que no pueden fijar los precios que cobran por sus servicios, por lo que existe una relación laboral encubierta.

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Recurso y advertencia

En la primera sentencia sobre este polémico asunto, el Supremo hizo suyos dictámenes previos como los de Valencia en junio -con 97 trabajadores de la propia Roofoods- y Madrid en julio -con 537 repartidores de Deliveroo-, y sentó unas bases sólidas para futuras denuncias.

El de ayer es el fallo más importante de todos los que se han dictado en España, pero la empresa ya anunció que lo recurrirá porque considera que no tiene relación laboral con los 'riders'. «Pueden elegir si quieren trabajar o no, así como cuándo y por cuánto tiempo desean hacerlo», afirmó.

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Y advirtió de que, si se calificaran como empleados, su modelo de negocio se vería tan afectado que tendría que revisar el tamaño de la plantilla. Además, en su comunicado, Deliveroo señaló que los trabajadores «perderían la libertad de la que disfrutan actualmente, teniendo que atenerse a horarios fijos preestablecidos».

No obstante, todo apunta a que, tras la decisión del Supremo, las posibilidades de que el recurso de Deliveroo prospere en los tribunales son escasas. De hecho, se ha dictado ya casi medio centenar de sentencias contra las empresas y la condena es la misma: los falsos autónomos deben ser contratados y las deudas con la Seguridad Social tienen que ser saldadas.

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