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Manu Alvarez
Lunes, 4 de noviembre 2024, 13:02
La Hacienda de Bizkaia ha completado ya la mayor parte de las devoluciones de fondos que corresponden al IRPF de pensionistas que cotizaron a mutualidades ... profesionales o de empresa antes del año 1979. Así, tan solo queda pendiente de resolución lo que corresponde al año 2019, tras haber anotado ya un impacto de 295 millones de euros en su recaudación de impuestos. El fisco vizcaíno ha comunicado este lunes que se ha hecho efectiva la devolución de 57 millones de euros correspondientes a la declaración de impuestos de 2020.
Estas devoluciones del IRPF corresponden a reclamaciones que han hecho los propios contribuyentes, beneficiados por una sentencia del Tribunal Supremo en un procedimiento que fue impulsado ante los tribunales por pensionistas del sector de banca. Este colectivo, junto a otros de empresas como Tabacalera, Telefónica, aduanas o notarías, por ejemplo, habían contribuido antes de 1979 a mutualidades que eran las encargadas de gestionar sus pensiones. Estas mutualidades fueron sin embargo absorbidas por la Seguridad Social. Con ello, el Supremo falló que una parte de las pensiones que reciben estas personas hay que considerarlo como el retorno de un ahorro y no es por tanto renta. De ahí que Hacienda se haya visto obligada a devolver las cantidades que corresponden de los años que no habían prescrito. En el caso de Bizkaia y además de los 57 millones de euros reintegrados ahora, se han abonado también 60,2 millones de año 2021 y 68,3 de 2022. En el caso de 2023 no ha habido devoluciones pero sí minoración del IRPF a abonar o aumento de las cantidades « a devolver», ya que la Diputación vizcaína aplicó de oficio la corrección antes de que finalizase el plazo de declaración del impuesto, a finales de junio.
Las cantidades a abonar muestran un claro tono descendente -de los 109,24 deducidos en la liquidación de 2023 se ha pasado a tan solo 57 millones del ejercicio 2020- lo que indica que un buen número de afectados no han presentado la reclamación ante los servicios de Hacienda. La liquidación de 2023 se hizo de oficio -de ahí que contempla a la totalidad de afectados-, mientras que para el resto de años se ha exigido una reclamación expresa de los contribuyentes. La Hacienda foral argumentó que no podía hacerlo de oficio para los años ya liquidados ya que suponía una modificación sustancial de los derechos de los contribuyentes. La revisión de oficio, argumentaron, paralizaba la prescripción y podía afectar a otros conceptos de la declaración de IRPF de los contribuyentes.
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