La Hacienda de Bizkaia usará los últimos 35 años laborales en las devoluciones a mutualistas
Los 160.000 afectados se beneficiarán de esta medida que descarta sus primeros años de trabajo con sueldos más bajos
Sergio Llamas
Martes, 26 de marzo 2024, 00:59
La Hacienda de Bizkaia actualizará sus criterios para abordar la reducción y la posible devolución tras el pago del IRPF a los 160.000 contribuyentes ... que fueron mutualistas antes del año 1979. La última sentencia del Tribunal Supremo, emitida en enero pasado, implica sustituir la norma inicial, que utilizaba para su cálculo toda la vida laboral, por otra nueva en la que solo se aplican los últimos 35 años cotizados. En la práctica esto representará un beneficio para la mayoría de los afectados, ya que durante los primeros años trabajados se acostumbra a percibir salarios inferiores a los de las etapas posteriores.
La Diputación vizcaína reconoció ayer que a los pocos mutualistas a los que se les había estimado la devolución se les venía aplicando «toda la vida laboral, porque eran liquidaciones emitidas antes de que el Supremo dictara la sentencia». Desde entonces, y a la espera de que llegara la información de la Seguridad Social, no se habían efectuado nuevas liquidaciones para poder disponer de la clarificación. También, como reconocieron ayer, la Hacienda foral le ha estado dando prioridad a la campaña de la renta de 2023, cuyo plazo de presentación arrancará el próximo 10 de abril. «Una vez esté en marcha seguiremos revisando las liquidaciones de ejercicios anteriores y se aplicará la sentencia y los criterios establecidos por el Supremo hasta la fecha», tranquilizaron.
En el futuro se deberán analizar las posibles soluciones para ajustar las devoluciones que ya se aplicaron antes del nuevo fallo judicial, y en las que se usó como criterio toda la vida laboral. También tendrán que esperar los cálculos que permitan conocer cómo afectarán las correcciones a las arcas forales, que aún no disponen de un montante final de los costes. A la hora de hacer este balance no bastará con estudiar únicamente el ajuste de los últimos 35 años sobre el IRPF de este 2023, si no también calcular las de quienes reclamen los cuatro años anteriores (2019-2022), que todavía no han prescrito. La del año 2019 lo hará el 30 de septiembre.
La última sentencia del Supremo corrige los criterios anteriores que venían marcando los cálculos de la Diputación
Reclamaciones
Estos cuatro años pasados los pueden reclamar los mutualistas que se vieron afectados por los antiguos criterios de pensiones, siempre que presentaran la declaración de la renta entre 2019 y 2022. Además de quienes están jubilados, sus herederos tendrán derecho a solicitar estas devoluciones por los ejercicios no prescritos.
El fallo del Supremo tiene su origen en una reclamación iniciada por un grupo de trabajadoras de la banca en Valencia, que fueron mutualistas hasta 1979. Aquel año las mutualidades profesionales como las de la propia banca, Telefónica, notarías o trabajadores de puertos, entre otros, fueron absorbidas por la Seguridad Social. El Alto Tribunal consideró que habían presentado aportaciones que ahora se contemplan como realizadas al ahorro privado, por lo que se abordan libre de impuestos.
Los últimos datos estimaban en más de 120.000 los vascos que habían reclamado las cantidades adeudadas a las haciendas forales, aunque la cifra real podría alcanzar ya el doble.
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