52.000 antiguos mutualistas alaveses tendrán un ajuste en el IRPF en la próxima liquidación
La Hacienda foral actuará de oficio en el cálculo de la renta de 2023
La Hacienda foral alavesa aplicará un ajuste en el IRPF en la declaración de la renta de 2023 a 52.000 pensionistas que cotizaron a ... Mutualidades Laborales antes del 31 de diciembre de 1978. Tras recibir la correspondiente información por parte de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, el fisco alavés confeccionará la propuesta de la declaración de la renta 2023 a los afectados, para incorporar la reducción.
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Miles de pensionistas que fueron mutualistas antes de 1979 han presentado en los últimos meses una reclamación ante la Diputación de Álava para exigir la devolución de una parte de lo que han pagado por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en los últimos cinco años -el periodo 2018 a 2022- de acuerdo con una sentencia dictada por el Tribunal Supremo hace un año.
Si bien la Hacienda de Álava ha identificado a 56.646 contribuyentes afectados por esta situación, para unos 52.000 actuará de oficio, esto es automáticamente, en el cálculo de la renta de 2023. Mientras que para el resto lo está estudiando. En todos los casos se analizará si cumplen con los requisitos. «La Diputación va a actuar de oficio con estas personas, incorporando sus datos de 2023», ha explicado el diputado general, Ramiro González, añadiendo que para el resto de reclamaciones correspondientes a las declaraciones de los ejercicios 2018 a 2022, todavía «hay que resolverlas».
En esos 52.000 casos, se les incorporará el cálculo correspondiente en su declaración, bien a través de la modalidad Rentafácil (la que la Hacienda remite a los contribuyentes ya confeccionada), y también en los casos de quienes hacen su propia declaración por medio del programa de ayuda, en los que se volcarán los datos para que no necesiten solicitar un certificado en la Tesorería de la Seguridad Social.
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Por su lado, González ha detallado que la Diputación ha recibido hasta el momento un total de 23.288 solicitudes de pensionistas que cotizaron a Mutualidades Laborales entre 1967 y 1978, quienes pueden reclamar las declaraciones de los ejercicios 2018 a 2022, hasta el próximo 25 de junio. No ha aportado la cantidad que le va a suponer a las arcas forales, «ya que el número de personas no es indicativo de la cantidad, al haber situaciones muy diferentes, por lo que hay que realizar un análisis de cada persona», ha argumentado.
Cómo reclamar
Los afectados pueden presentar el formulario correspondiente en las oficinas de la Hacienda alavesa, en el registro electrónico de la administración u organismo al que se dirijan, en las oficinas de correos, en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Vitoria de la calle San Antonio, sin necesidad de cita previa, en la Oficina de Atención Ciudadana de San Martín y en los centros cívicos, con cita previa, además de en el Ayuntamiento de Amurrio.
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Con la medida anunciada, la Hacienda de Álava se suma a las vascas. La de Bizkaia anunció la pasada semana que en el cálculo de la declaración del IRPF correspondiente a 2023 ya tendrá en cuenta las circunstancias particulares de estos antiguos mutualistas, al tiempo que les avisará de ello por si desean reclamar la devolución de lo que pagaron en exceso en los últimos cuatro años.
La sentencia del Supremo sobre este caso, que se inició con la reclamación ejercida por un colectivo de trabajadores de banca de Valencia, permite a quienes fueron mutualistas hasta 1979 la deducción de una parte de lo que cobran en la actualidad en sus pensiones. Hasta aquel año, en el que las antiguas mutualidades profesionales -de banca, Telefónica, notarías, trabajadores de los puertos y otras más- fueron absorbidas por la Seguridad Social, los ahora jubilados habían hecho aportaciones que el Supremo ha estimado como ahorro privado. Ello significa que una parte de la pensión de jubilación que perciben en la actualidad corresponde a la devolución de aquel ahorro y según el fallo del Alto Tribunal debe ser considerada libre de impuestos.
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En concreto, el fallo del Supremo reconoce que quienes perciben una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social y hubieran cotizado a Mutualidades Laborales antes del 31 de diciembre de 1978, tienen derecho a aplicar la reducción del 25% del importe de la pensión en la parte proporcional de la misma, correspondiente a las cotizaciones realizadas antes de dicha fecha.
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