Varapalo del Supremo a Kutxabank por cobrar una comisión por ingresos en efectivo
La entidad ha elevado la tasa de dos a siete euros a pesar de los fallos en contra, ahora confirmados por el Alto Tribunal
Nuevo varapalo del Supremo a Kutxabank por comisiones abusivas. Si ya le condenó en 2019 por cobrar al entrar en números rojos, ahora vuelve a fallar en su contra por aplicar una tasa al ingreso en efectivo de terceros con la excusa de incluir un concepto en el justificante. La sentencia responde al recurso que presentó la entidad financiera contra la resolución del Audiencia Provincial de Álava, que dio la razón a la asociación de consumidores demandante, EKA-ACUV.
Aquel fallo de la Audiencia Provincial de Álava se dictó en 2018 y a su vez ratificó un primer pronunciamiento de la Primera Instancia. Sin embargo, la entidad, que recurrió al Supremo, no solo no eliminó la polémica comisión, sino que dobló la tasa de dos a cuatro euros. Según los datos que el banco tiene en su web, en la actualidad cobra hasta siete euros .
Noticia Relacionada
Las comisiones que cobran los bancos a clientes con saldo en negativo
Ahora no tendrá más remedio que eliminarla tras la sentencia del Supremo. Al Alto Tribunal no le vale el argumento de que la comisión se justifica por el concepto que se incluye cuando el tercero realiza el ingreso. Concluye que la inclusión de esa información «carece de sustantividad propia, distinta de lo que constituye el servicio de caja retribuido por la comisión de mantenimiento, que permita ser considerada como un servicio añadido al ingreso en efectivo en sí y susceptible de ser retribuida por otra comisión».
El fallo del Supremo se alinea de esta forma con el criterio de la Audiencia Provincial de Álava, cuyos magistrados consideraron que aplicar una tasa al ingreso de terceros en ventanilla supone «cobrar dos veces por el mismo servicio ya que el cliente que contrata una cuenta corriente ya paga una comisión de mantenimiento».
No es la primera vez que Kutxabank recibe una condena del Supremo por este tipo de cuestiones. El Alto Tribunal también calificó de abusiva la tasa de 35 euros que la entidad cobraba por la reclamación de posiciones deudoras. Ese fallo sentó jurisprudencia para otras entidades financieras que tenían la misma comisión.
Es probable que esta nueva sentencia siente criterio para otros bancos que también están en los tribunales por el mismo motivo. Así, el pasado febrero la Audiencia Provincial de Álava condenó a Bankinter por cobrar dos euros por ingreso en efectivo y el BBVA ha sido condenado en Primera Instancia.