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El ministro De Guindos, ayer durante la presentación de la ley. EFE
Aprobada por fin la ley que permite cambiar gratis las hipotecas de interés variable a fijo

Aprobada por fin la ley que permite cambiar gratis las hipotecas de interés variable a fijo

La nueva normativa entrará en vigor con dos años de retraso sobre las exigencias de la UE

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Sábado, 4 de noviembre 2017

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Los ya hipotecados y quienes se vayan a embarcar en una aventura inmobiliaria a corto plazo seguirán sin poder beneficiarse de las novedades que incluye la reforma de la Ley Hipotecaria, hasta que no se encuentre bien avanzado el primer semestre de 2018. A pesar de los conflictos acumulados por la comercialización de este tipo de créditos -la aplicación de las cláusulas suelo y el reparto de los gastos iniciales constituyen algunos de los puntos negros de la actual norma-, no fue hasta ayer cuando el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley que remitirá a las Cortes y que espera dar por finalizado en la primera mitad del próximo año, según fuentes del Ministerio de Economía.

Si así sucede, entrará en vigor prácticamente dos años después de cuando debería haberlo hecho, en marzo de 2016. Así lo exigía la Unión Europea, que ya ofreció una primera prórroga a España por no haber adaptado antes de esa fecha la directiva comunitaria en materia hipotecaria, en vigor desde 2014. A partir de ahora, el tiempo corre en contra del Gobierno, porque si el trámite parlamentario se prolonga demasiado, existe el riesgo de que el Tribunal de Luxemburgo dicte una sentencia en su contra. Lo puede hacer en cualquier momento, después de que el pasado mes de abril, la Comisión Europea llevara a España y otros tres Estados -Portugal, Chipre y Croacia- ante ese organismo por no haber incorporado a su legislación la norma europea.

El apoyo del PNV

Economía confía en que la aprobación en Cortes -cuenta con el apoyo de Ciudadanos, PNV y Coalición Canaria, además del PP- llegue antes que la resolución del Tribunal de Luxemburgo, pero admite «retrasos» en su gestión interna. Así fue durante 2016 por la interinidad del Ejecutivo, explican esas fuentes. Sin embargo, no ha sido hasta julio -ocho meses después del inicio de la legislatura actual- cuando se ha aprobado el anteproyecto, que contó con el beneplácito del Consejo de Estado y ha estado guardado en el cajón los dos últimos meses.

Una hipoteca a tipo variable podrá cambiarse a fijo sin coste cuando hayan pasado más de tres años

Abaratamiento

En un principio, se preveía que fuera en septiembre cuando el Consejo de Ministros lo aprobara, aunque la crisis en Cataluña habría postergado esta decisión. En un caso similar, el de la estiba, España se enfrentó a una sanción de 24,3 millones de euros, que acabó siendo simbólica, al situarse en los tres millones, tras aprobar la correspondiente normativa adaptada a la ley europea.

Cuando llegue al BOE, los ciudadanos podrán valerse de algunas de las medidas incluidas en el texto. Sin embargo, la implantación no se extenderá de forma generalizada a todo el sistema. Cualquier hipotecado a tipo variable podrá cambiar su interés al fijo de forma gratuita siempre que el préstamo tenga más de tres años. Si no es así, el importe máximo de las comisiones a pagar no podrá superar el 0,25% del capital. También tendrá carácter retroactivo la nueva cláusula de vencimiento anticipado, por la que las entidades pueden llegar a ejecutar la vivienda si se producen impagos de las cuotas. Hasta ahora, el banco podía actuar si registraba tres meses impagados; con la nueva ley, sólo podrá hacerlo si el capital moroso supera el 2% del que fue concedido inicialmente -o nueve cuotas-, si es durante la primera mitad de la vida de la hipoteca; o si superan el 4% del capital -12 cuotas-, en la segunda parte de la vida del crédito. Sin embargo, esta novedad no se aplicará si se trata de una hipoteca que se encuentra ya en proceso de impago o en la vía judicial.

Sólo para ciertos contratos

Por su parte, sólo las nuevas hipotecas se podrán beneficiar de la norma que restringe las comisiones por amortización anticipada -entre un 0,25% y un 4%, dependiendo si es a interés fijo o variable y el plazo- y la de interés de demora, que se fijará en tres veces el interés legal.

El proyecto de ley mantiene la obligación de acudir dos veces al notario para aceptar las condiciones; la de aclarar qué gasto asume cada una de las partes; la de habilitar una lista de cláusulas abusivas, para alertar al usuario; y se impone la prohibición de ligar la hipoteca a la contratación de productos bancarios de forma vinculada sin ofrecer otra opción para comparar ambas ofertas.

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