El Movistar defiende que las «anomalías» del pasaporte biológico de Lazkano eran «imposibles de intuir»
El conjunto español recuerda que el vitoriano dio «negativo en todos los controles» a los que se sometió entre 2022 y 2024, cuando era ciclista telefónico
La decisión de la UCI de suspender de forma provisional a Oier Lazkano por «anomalías inexplicables» en su pasaporte biológico entre 2022 y 2024 pilló por sorpresa al conjunto Movistar. Según la empresa gestora del equipo, Abarca Sport, solo minutos antes habían recibido la comunicación por correo electrónico. «Tenga en cuenta que este aviso se le envía porque el Sr. Lazkano López fue contratado por su equipo en el momento de los delitos relevantes identificados (2022, 2023 y 2024)», le advertía la UCI.
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El conjunto navarro, a través de un portavoz, hizo saber a la prensa de su extrañeza ayer en primera instancia. «La noticia nos ha sorprendido y no tenemos más información», fue la reacción del equipo. Pero ya este viernes, un día después, la propia Abarca Sport ha emitido un comunicado sobre el caso en el que recalca la inocencia del equipo y su «absoluta firmeza e inquebrantable compromiso con un deporte limpio y transparente».
La estructura expone que «todos los controles» a los que el ciclista vitoriano «fue sometido por parte de los diferentes organismos nacionales e internacionales, así como internos del propio equipo, arrojaron un resultado negativo». Por ello, califican de «materialmente imposible conocer, o tan siquiera intuir, alguna anomalía como la ahora presentada en el procedimiento abierto por la Unión Ciclista Internacional», se defienden. Cabe destacar que los equipos únicamente tienen acceso a los resultados de los controles, no al pasaporte biológico de los ciclistas. Por contra, los directores sí pueden consultar a la UCI sobre posibles hallazgos irregulares de un corredor al que pretenden fichar, como fue el caso del RedBull-Bora en el pasado invierno con Oier Lazkano.
Abarca Sports agrega además el contenido completo que le remitió la UCI, en el que se revela mayor información del caso que el esgrimido en el escueto comunicado sancionador. «La UCI afirma que el ciclista español, el Sr. Oier Lazkano López, ha cometido una Violación de las Reglas Antidopaje (ADRV) por el Uso de una Sustancia Prohibida y/o Método Prohibido bajo el Artículo 2.2 de las Reglas Antidopaje de la UCI (UCI ADR)», arranca la comunicación.
«La afirmación se basa en la opinión unánime emitida por un panel de tres expertos científicos independientes (Panel de Expertos) el 23 de octubre de 2025 según el cual el perfil hematológico compuesto por muestras proporcionadas por el corredor entre el 7 de enero de 2020 y el 30 de diciembre de 2024 establece que: «Es muy probable que se haya utilizado una sustancia prohibida o un método prohibido y que es poco probable que el pasaporte sea el resultado de cualquier otra causa», sentencia.
Durante meses, el caso ha sido confidencial y privado, lo que provocó que el corredor desapareciera del mapa desde mayo. A Lazkano se le comunicó y se le dio un periodo para justificar los valores anómalos registrados entre 2022 y 2024 en comparación con los de 2025, en los que su equipo informó de que estuvo varias veces enfermo entre diciembre y abril. «El Panel de Expertos llegó a su conclusión después de la revisión del Pasaporte Biológico del Atleta (ABP), así como la explicación y la documentación de respaldo proporcionada por el ciclista», reporta la UCI. Dicho Panel de Expertos es una asociación de control independiente a la Unidad de Gestión del Pasaporte del Atleta (UGPA), acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje.
Por último, la Unión Ciclista Internacional le subrayó al conjunto Movistar que la opinión de los «expertos» es «unánime» y que Oier Lazkano este mismo 30 de octubre la comunicación por carta de lo que considera una violación de las normas antidopaje. El proceso sigue en curso y el vitoriano, de 25 años, tendrá otro periodo indeterminado de tiempo para determinar qué fue lo que hizo que sus valores fueran irregulares durante sus tres campañas en el Movistar antes de que la UCI comunique la resolución definitiva del caso, que podría deparar en una sanción de entre 2 a 4 años, vistos los precedentes previos.