Seis años de prisión por violar en Bizkaia a una mujer a la que contrató para limpiar su casa
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial y rechaza el recurso presentado por el condenado
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia que el pasado mayo condenó a 6 años de prisión a un hombre por violar a la mujer que contrató para limpiar su casa.
El TSJPV ha rechazado el recurso interpuesto por el acusado contra esa sentencia en el que, entre otras cuestiones, argumentó que el relato de la mujer había sido incoherente y que existió un móvil lucrativo en la denunciante. La Fiscalía y la acusación particular impugnaron el recurso y pidieron la confirmación de la resolución de instancia.
Los hechos se remontan a enero de 2022. Un hombre, de nacionalidad española, contactó con una mujer con el fin de contratarla para que llevara a cabo labores de limpieza en su domicilio, una vivienda unifamiliar con jardín y acceso directo desde el garaje.
Ambos concertaron que ella acudiera a la casa dos veces por semana, dos o tres horas por día. El hombre la recogería en la estación de metro y la llevaría hasta el domicilio. La mujer acudió a la casa los días 17 y 20 de enero de 2022. Cuatro días después, el 24, en ir en horario vespertino. El condenado la recogió sobre las 17.00 horas en la estación del suburbano. Nada más aparcar el vehículo dentro del garaje que conecta con la vivienda, según se recoge en el auto, el hombre la cogió por los hombros y ya dentro, en la cocina, «empezó a tocarla y a besarla por la cara y cuello sin su consentimiento». Mientras forcejeaban, acabó por «arrojarla al sofá» de la sala, donde continuó con los tocamientos, hasta que finalmente la condujo a la habitación. Allí la inmovilizó, le quitó la ropa y consumó la violación. Ella, figura en la sentencia, «dejó de hacer resistencia antes del acceso carnal por miedo a que le sucediera algo peor».
A consecuencia de la agresión, la mujer sufrió diferentes lesiones físicas y presenta un trastorno de estrés postraumático. Se ha visto afectada «su relación de pareja y su empleabilidad por la aversión que ha desarrollado al cuidado de personas mayores».
El 25 de enero de 2022 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción no 3 de Getxo acordó emitir una orden de protección, «prohibiendo al agresor a aproximarse a la denunciante a menos de 500 metros; así como a su domicilio, y a cualquier lugar en el que se encuentre».
Un relato «lógico en el tiempo»
El Superior vasco considera ahora que la valoración de la prueba realizada por la Audiencia vizcaína es «adecuada y debe ser confirmada».
Añade que no ha quedado acreditada la concurrencia de un móvil espurio; que el relato de la mujer es «lógico en el tiempo», y que su versión de lo sucedido en la vivienda del acusado el 24 de enero de 2022 está apoyada en el atestado, y en los informes médicos y de la Unidad de Valoración Forense Integral.
Además de la pena de cárcel, la Audiencia de Bizkaia impuso al acusado 6 años de libertad vigilada a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad consistente en la participación de programas de educación sexual y el pago de una indemnización a la víctima de 50.000 euros, entre otras medidas.
La sentencia del Superior vasco no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.