El Supremo da un portazo a los recursos de la banca por la deuda perpetua
Laboral Kutxa ya no recurrirá al alto tribunal e incluso dejará de apelara las audiencias provinciales
Ana Barandiaran
Martes, 22 de septiembre 2015, 23:42
El Tribunal Supremo ha dado un portazo a los recursos de casación presentados por la banca en el conflicto de la deuda perpetua de Eroski ... y de Fagor. Ya existen al menos tres autos de esta alta instancia -a los que ha tenido acceso este periódico- en los que se rechazan los argumentos de las entidades financieras para llamar a su puerta con este asunto. Para las firmas constituye un varapalo, ya que mantener abierta esta vía les permitía alargar el proceso y desanimar a los demandantes. Laboral Kutxa, una de las afectadas, ha asumido el golpe y modificado su estrategia de recurrir todo hasta el final. Ahora incluso dejará de apelar por sistema a las audiencias provinciales, que en la mayoría de los casos ratifican las sentencias de Primera Instancia a favor de los ahorradores.
Se dice que la banca siempre gana pero, desde luego, esa máxima no se cumple en la batalla judicial por las aportaciones financieras emitidas por Eroski y Fagor y comercializadas por varias entidades, con cerca de 40.000 afectados -30.000 la cooperativa de consumo y 10.000 la firma quebrada-. Se colocaron 845 millones (660 Eroski y los restantes 185, Fagor). Los jueces de Euskadi dan, en general, la razón a los inversores al entender que se vendió el producto sin advertir de su carácter perpetuo y el riesgo de perder el capital. Tan solo hubo algo de incertidumbre en la Audiencia de Bizkaia porque había dos secciones -la cuarta y la quinta- con un criterio sobre la caducidad favorable a los bancos. Pero el Supremo zanjó en enero estas discrepancias con una sentencia muy esclarecedora, que se alineaba con los demandantes.
El plazo de cuatro años
En su fallo de enero, el alto tribunal establecía que el plazo de cuatro años para que caduque la posibilidad de acudir a los tribunales no hay que contarlo, como sostiene la banca, desde la fecha de compra de las aportaciones sino desde que el demandante «haya podido tener consciencia del error»; esto ese, cuando haya podido darse cuenta de que el producto no es como un depósito y entraña alto riesgo. Con este pronunciamiento, el Supremo eliminó el argumento de la caducidad, uno de los pocos que permitían a los bancos obtener victorias en los juzgados.
A pesar de ello, la banca continuó con sus recursos casacionales para no dar la imagen de que la batalla estaba perdida. Pero el Supremo ha respondido con contundencia. De los tres autos que ha emitido, dos corresponden al BBVA y uno a Laboral Kutxa. En ellos deja bien claro que ninguno de los argumentos esgrimidos por las entidades financieras es válido. En relación a la caducidad, el más repetido, el alto tribunal señala que su criterio ya está muy claro en la sentencia de enero y que, por tanto, no hay discrepancias al respecto. También rebate las alegaciones vinculadas a la legitimación pasiva (los bancos dicen que actuaron como meros intermediarios para Eroski y Fagor) y la excusabilidad del error.
Es más, en uno de los autos el Supremo da un tirón de orejas a la entidad al calificar como «artificioso» el interés casacional invocado. Y es que para recurrir al alto tribunal cuando el importe en juego no supera los 600.000 euros, es necesario cumplir unas condiciones: que la sentencia en cuestión vulnere la doctrina del Supremo o que haya jurisprudencia contradictoria. En este caso, no se cumplen. «El alto tribunal no está para revisar las sentencias de las audiencias, sólo entra cuando hay discrepancias en criterios como la caducidad. Pero en el tema de las aportaciones no ha dejado resquicio para alegar el interés casacional», explica Raúl Barambones, director general de BK Consulting, uno de los bufetes que defienden a los afectados.
Así que los demandantes que ganen en Primera Instancia tienen prácticamente despejado el terreno. Las audiencias, en general, están ratificando estas primeras sentencias y el Supremo se ha cerrado a posibles recursos casacionales. No obstante, no se espera una avalancha de demandas. Los abogados creen que el grueso de las reclamaciones ya se ha presentado, y eso que menos del 10% de los afectados ha optado por acudir a los tribunales.
Muchos de los que tienen aportaciones de Eroski están esperando al canje, que no deja de retrasarse. Ya no se sabe si se hará a finales de este año o incluso se aplazará al siguiente. La cooperativa ofrece una quita del 30%, el pago en metálico del 15% y el 55% en bonos de Eroski a 12 años. Los títulos cotizan ahora en el mercado al 41% de su valor nominal.
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