

Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
David González
Lunes, 27 de enero 2025, 00:20
Perdió todos los puntos del carné de conducir a principios de 2019. Desde entonces, ha sido condenado hasta en seis ocasiones por conducir sin licencia. Dos veces en Irún, otras tantas en San Sebastián, una en Manresa y la última en Vitoria, después de ser ... pillado en un control rutinario de alcoholemia en la A-1, cerca de Rivabellosa. En los ficheros del Palacio de Justicia de la Avenida de Gasteiz figura como «multirreincidente».
En abril de 2022, la magistrada Anto Blanco, entonces sustituta en el Juzgado de lo Penal número 2 de Vitoria, le impuso siete meses de prisión por su detección en el sur de Álava. Aparte, ordenó el «decomiso» de su furgoneta, con la que había cometido todas sus infracciones en carretera. Sin vehículo no habría más delitos, vino a decir su sentencia.
El condenado –transportista de profesión– no se dio por vencido. Recurrió a la Audiencia Provincial de Álava, que le conmutó el veto del vehículo y, tras el recurso de la Fiscalía de Álava, el asunto escaló hasta el Tribunal Supremo nada menos. Esta semana, esta sala ha cerrado la polémica y, de paso, ha creado jurisprudencia para otros asuntos de similar índole.
En un fallo al que ha tenido acceso EL CORREO, este tribunal ordena que le sea devuelta su furgoneta. Tenga puntos en su carné de conducir o no. O aunque la condujera en todas las ocasiones en que patrulleros de la Ertzaintza –en sus atestados en Euskadi– y los Mossos D'Esquadra –en Manresa– le dieron el alto.
Enero 2019 La Dirección General de Tráfico (DGT) le retira el permiso de conducir.
Enero 2019-Abril 2022 Le condenan hasta en seis ocasiones por conducir sin carné. La última vez, el Juzgado de lo Penal 2 de Vitoria, que decomisa su furgoneta. Este conductor «multirreincidente» recurre.
Julio 2022 La Audiencia de Álava accede a devolverle el vehículo. La Fiscalía recurre.
Esta semana El Tribunal Supremo zanja la cuestión a favor del conductor por no haber creado «un problema concreto» en la carretera. El fallo es firme y crea jurisprudencia.
La sentencia del Supremo pone en entredicho la teoría de que «la disponibilidad del vehículo facilitó la comisión de nuevos delitos». Recuerda la resolución que su multirreincidencia le ha supuesto un agravamiento de las sucesivas condenas –multas económicas cada vez más gravosas– hasta desembocar en una pena de prisión –que no ha cumplido– tras su juicio rápido en Penal número 2. Y que, en todas ellas «no parece demostrado que se haya creado un peligro concreto para la seguridad del tráfico».
Ni una mención hace el Supremo a las explicaciones del transportista. Durante su juicio rápido en Vitoria alegó que «soy autónomo y necesito el vehículo para trabajar». A preguntas de su abogado agregó que «como si trabajo» y que en las seis ocasiones que le pararon «estaba trabajando». Aparte adjuntó una compleja situación familiar: vive con sus padres a quienes ayuda porque «cobran 400 euros entre los dos».
Declaró asimismo ser «consumidor habitual de hachís», que acababa de apuntarse «a un centro de desintoxicación» y que había decidido «contratar un conductor para seguir trabajando» al que iba a pagar «1.400 euros al mes». Lo hiciera o no, lo cierto es que la pequeña compañía de transportes a su nombre sí aparece como «activa» en diferentes bases de datos empresariales.
«La circunstancia por sí sola de la multirreincidencia no debe determinar, de forma automática y sin más fundamento, el decomiso del vehículo, ya que la posibilidad de reincidir en el futuro en la infracción que nos ocupa cesaría tan pronto como el sujeto obtuviera el permiso de conducir», ahonda la sentencia, firmada por la conocida magistrada Carmen Lamela. Su decisión ya es firme.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.