Fraude tributario
La Justicia impide a la Diputación de Álava registrar una empresa sospechosa de defraudar un millón de eurosLa Guardia Civil detectó un envío de 5.000 euros en efectivo a la compañía. El TSJPV niega la inspección por un defecto de forma y el ente foral renuncia a la lucha judicial
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha paralizado la inspección de la Hacienda foral alavesa a una empresa de la provincia « ... sospechosa de fraude tributario». Tras este revés judicial –debido a un defecto de forma–, la administración foral ha renunciado a recurrir al Tribunal Supremo. De esta manera, echa la persiana a cualquier posibilidad de registro en esta compañía, al menos a medio plazo.
Acaba también una pugna judical de casi un año entre la Diputación de Álava y la firma señalada, fabricante de componentes químicos, y que arrancó después de que la Guardia Civil detectara un envío por paquetería de 5.000 euros – «en billetes de 500 y 200»– a su sede. A partir de ahí, el Departamento de Hacienda estimó que esta mercantil, y una firma hermana, «podrían estar realizando de forma sistemática y estructurada, descuentos comerciales falsos, no declarados, así como pagos de comisiones no declaradas a los comerciales de aquellos». Se cuantificó el supuesto «ilícito tributario durante los ejercicios 2020 a 2023 en un millón de euros».
Hacienda estimó que existía un fraude «sistemático y estructurado»
A partir de ahí, el ente foral solicitó al Juzgado Contencioso-administrativo número 3 de Vitoria una «autorización de entrada y registro», que obtuvo el 24 de marzo. Básicamente, el plácet judicial permitía un registro exhaustivo de la instalación y el copiado de toda la documentación que se encontrara. Desde facturas a archivos informáticos o correspondencia.
La autorización se concedió «inaudita parte». ¿Qué significa esta expresión legal? Lo explica Susana Martínez de Butrón, abogada de la firma. «La jueza resolvió la solicitud sin escuchar previamente al afectado». Cuando se enteraron recurrieron.
«Falta de motivación»
Siempre según Martínez de Butrón, el TSJPV les ha dado la razón porque «en el auto (del Contencioso-administrativo 3) no se exponen las razones por las que no se puede obtener la documenteción de otra forma, tampoco se hace el más mínimo juicio crítico de los datos aportados en el informe elaborado por la administración (Diputación), dando por válidos dichos datos». La abogada agrega que ante esa «falta de motivación», la Justicia «declara la nulidad» del registro programado.
La semana pasada expiró el plazo de treinta días para que Hacienda elevara un recurso al Tribunal Supremo, paso al que renunciaron. Preguntado sobre el caso, el Departamento foral de Hacienda eludió hacer comentarios por tratarse de «un particular».
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