Condenado a 5 años por violar a una conocida en la fábrica abandonada de Fournier en Vitoria
Los hechos ocurrieron en mayo de 2020. El hombre estaba acusado de forzar, pegar y morder a la víctima, que le hizo una visita en plena desescalada de la pandemia de coronavirus
La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a 5 años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una mujer en la fábrica abandonada ... de Fournier en Vitoria. El tribunal ha declarado probado en una sentencia notificada este martes a las partes que, en la noche del 29 al 30 de mayo de 2020, el acusado agredió sexualmente «en dos ocasiones» a esta mujer. En la resolución se recuerda que, durante la vista oral por estos hechos, «el varón reconoció que mantuvieron dos relaciones sexuales pero que fueron consentidas, algo que ella negó». En el juicio, la Fiscalía solicitó once años de cárcel para este hombre, acusado de forzar, pegar y morder a una conocida que le hizo una visita en plena desescalada de la pandemia de coronavirus.
El tribunal indica que la cuestión fundamental está en la existencia o no de consentimiento en esos actos sexuales y entra a analizar el testimonio de la mujer y si existen elementos de corroboración periférica de su relato que permitan enervar la presunción de inocencia del varón. Así, los magistrados afirman que la mujer, que está «diagnosticada de trastorno por consumo de alcohol grave» e «incapacitada legalmente», llevó a cabo una declaración de los hechos de forma «parca pero coherente, ubicada en el tiempo y espacio», y «detallando los principales hitos del suceso».
Añaden que no observan en ella una tendencia a la «fabulación», ni la existencia de móviles espurios que pudieran motivar una posible falsa acusación contra el varón. «A la Sala, la impresión que ofreció la declaración» de la mujer «fue de absoluta sinceridad en cuanto a la forma de ocurrir los hechos. Su relato, como hemos dicho ha sido escueto pero preciso», dice el tribunal que concluye que la declaración de la víctima «supera el test de credibilidad exigido».
Además, los magistrados indican que han existido elementos de corroboración periférica del relato de la mujer, como los «informes médicos» en los que se detallan las «consecuencias físicas y psíquicas» de la agresión, la declaración de los agentes que recogieron en un primer momento su testimonio y la de las trabajadoras sociales que la acompañaron tras producirse la agresión.
Absuelto de un delito de lesiones
En este sentido, añaden que el acusado «no ha ofrecido ninguna hipótesis alternativa con un grado de probabilidad» que permita «albergar dudas sobre los hechos que se han declarado probados». El tribunal considera al varón autor de un delito de agresión sexual con penetración y le impone cinco años de prisión en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual.
La Audiencia Provincial de Álava absuelve al hombre del delito leve de lesiones por el que también fue acusado al estimar que las lesiones que sufrió la mujer están «integradas» en el propio acto de la agresión sexual.
Por último, el tribunal fija que el acusado indemnice a la víctima con 25.000 euros y le impone otras penas de libertad vigilada y de prohibición de comunicación y aproximación a la mujer. Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
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