El Ayuntamiento de Vitoria recarga el 50% del IBI a viviendas que no están vacías
Propietarios de pisos en los que no había nadie empadronado a 1 de enero pero que no están deshabitados se han encontrado con que no pueden reclamar
Un total de 5.766 propietarios de pisos en Vitoria van a tener que pagar 133 euros más de media por el impuesto de bienes ... inmobiliarios (IBI) por tenerlo vacío. El Ayuntamiento, merced a un acuerdo fiscal pactado por el equipo de gobierno PSE-PNV con EH-Bildu, les recarga un 50% el recibo en un intento de animarles a poner esa vivienda deshabitada en el mercado de alquiler. Supondrá para las arcas municipales un ingreso extra que rondará los 760.000 euros.
Pero esa cifra de 5.766 casas vacías está siendo puesta en cuestión por dueños de pisos afectados por esta 'penalización' que pueden justificar que usan la vivienda pero cuyos casos no entran en las excepciones recogidas por la norma fiscal que regula el cobro del IBI en Vitoria. Algunos han llamado a este periódico a contar su experiencia y otros han pedido ayuda a la Síndica, Leire Zugazua, para demostrar que aunque no haya nadie empadronados en esos domicilios tienen uso.
Es el caso de una contribuyente que ha pedido anonimato a este medio de comunicación y que ha intentado sin éxito desde marzo que el Ayuntamiento entendiera su historia particular. Tenía inquilinos en el piso de su propiedad hasta el 15 de noviembre. Tras su salida, realizó una serie de reparaciones y volvió a arrendar la vivienda a partir del 1 de febrero. Según asegura, el 1 de enero no había nadie empadronado en la casa lo que no significa que haya estado vacía, pero los técnicos de Hacienda no han admitido su reclamación. Volverá intentarlo durante el periodo voluntario de pago, sostiene.
Entre el pueblo y la ciudad
Según el artículo 16 bis de esta ordenanza fiscal, quedan fuera del recargo los bienes inmuebles de uso residencial que sean propiedad de instituciones o estén cedidos a las mismas por terceros, por ejemplo, para políticas públicas de vivienda.
También, entre otras, las casas adscritas a actividades de hospedaje, profesionales o comerciales o bienes cuyo titular haya fallecido a lo largo del último año. Hay que añadir los edificios declarados en ruina, los bienes transmitidos a final de año o los pisos que forman parte de una herencia. Tampoco se tendrá en cuenta si el dueño está empadronado en una residencia o si el edificio está en obras.
Leire Zugazua ha estudiado en estos meses media docena de casos que también se salen de lo que contempla la normativa. Un ejemplo claro es el de una pareja de personas mayores que tiene casa en el pueblo, donde están empadronados, y que la mitad del año reside en otro piso de su propiedad en Vitoria. También cita el de unos nietos que usan el piso que era de los abuelos como «sede de operaciones» durante los días de diario. En decir, para comer o dormir de manera puntual por motivos académicos, laborales o de ocio.
«Esta ordenanza es un calco de otra foral», explica la Síndica, quien se refiere a otro tipo de gravámenes con el mismo espíritu que recogen un número mayor de excepciones. Por ejemplo, cita el canon de vivienda vacía que no aplica ningún municipio vasco pero que en caso de hacerlo debería comprobar que ese piso al que se va a penalizar lleva dos años vacío o la decisión de Donostia de dejar fuera de recargo las segundas residencias.
La responsable de esta oficina de defensa de los vecinos entiende que esta es la primera vez que Vitoria aplica el recargo del IBI y cree que «si hay algún punto débil se debería mejorar». Desde su oficina estudian cada caso « y les apoyamos en este proceso y valoramos cuando les corresponde reclamar». También hará un informe que enviará a Hacienda.
Vitoria no es el primer ayuntamiento alavés que apuesta por esta medida fiscal para intentar poner más pisos vacíos en el mercado. Lo hacen también Llodio, Salvatierra-Agurain, Iruña de Oca, Alegría-Dulantzi, Zuia. Iruraiz-Gauna, Urkabustaiz y Artziniega.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.