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Los empleados de hogar cobrarán en efectivo al menos el salario mínimo

ECONOMÍA

Los empleados de hogar cobrarán en efectivo al menos el salario mínimo

En ningún caso se podrá descontar de esta cifra cantidad alguna por manutención o alojamiento

12.11.11 - 02:42 -
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Los empleados de hogar cobrarán en efectivo al menos el salario mínimo interprofesional en cómputo anual, que en el año actual asciende a 8.979,60 euros, sin que su empleador pueda descontarles de esta cifra cantidad alguna por manutención o alojamiento. El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto que acerca los derechos de estos trabajadores a los del resto, una norma que entrará en vigor el próximo 1 de enero.
El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, que informó de la nueva disposición al término de la reunión del Gabinete, calculó que las modificaciones permitirán aflorar paulatinamente hasta unos 150.000 empleos ahora no declarados. Aunque la última Encuesta de Población Activa revela que se dedican a esta actividad 686.100 personas, de las que 618.300 son mujeres, los datos del régimen especial de la Seguridad Social en que se inscriben estos trabajadores cifran el número de afiliados en 297.257, de los que 182.774 tienen nacionalidad extranjera.
La reforma deja pendiente la protección por desempleo de este colectivo. El Ministerio de Trabajo ha explicado que durante el próximo año un grupo de expertos analizará esta posibilidad y hará propuestas para tomar la decisión que corresponda durante 2013. Los sindicatos, que han urgido al Gobierno la aprobación de los cambios antes de las elecciones, recuerdan que esta futura mejora es esencial, al tiempo que reclaman que el desistimiento deje de ser la forma habitual de terminación del contrato en la prestación de los servicios para el hogar.
El acceso al empleo en el hogar familiar se realizará mediante contratación directa o a través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación autorizadas. Pero también los trabajadores podrán tener una relación laboral ordinaria con una empresa que contrate con las familias los servicios domésticos. El contrato cuya duración sea superior a cuatro semanas se formalizará por escrito.
Despido sin causa
La relación laboral concluirá por desistimiento. Esto quiere decir que el empleador podrá comunicar el despido sin tener que alegar causa alguna. La indemnización a la que tiene derecho el trabajador del hogar, hasta ahora de siete días por año, se eleva a doce días, pero sigue equiparada a la más baja de todo el sistema.
Además, la manutención o alojamiento de los trabajadores no podrá superar el 30% de las percepciones salariales, frente al 40% actual. Otros cambios se refieren a la forma de fijar el incremento salarial; al tiempo de disposición, que no podrá superar las 20 horas al mes; a las horas extras, y al tiempo de descanso de los trabajadores internos.
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Valeriano Gómez.

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