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La alcaldesa de Lezama, Alaitz Etxeandia, en el solar conocido como Txupetxa. :: JORDI ALEMANY
El Supremo confirma la nulidad del planeamiento urbanístico de Lezama
VIZCAYA

El Supremo confirma la nulidad del planeamiento urbanístico de Lezama

Rechaza los recursos de la Diputación y el Ayuntamiento contra el fallo que tumbó las normativa por «vicios» en su tramitación

DAVID S. OLABARRI d.s.olabarri@diario-elcorreo.com

Sábado, 19 de febrero 2011, 03:42

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El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por la Diputación y el Ayuntamiento de Lezama contra la sentencia que, en julio de 2009, tumbó las normas subsidiarias de la localidad vizcaína. Los jueces anularon la orden foral que recogía este documento, que es el principal instrumento de ordenación del municipio, porque fue aprobada sin que «previamente se hubiera pronunciado» el Departamento foral de Medio Ambiente. Es decir, recibió luz verde sin cumplir los requisitos exigidos para desarrollar una normativa de estas características. La institución foral y el Consistorio vizcaíno recurrieron y el Alto Tribunal ha declarado ahora la «inadmisión» de sus alegaciones, con lo que llena de incertidumbre los proyectos urbanísticos de la localidad.

El proceso judicial comenzó a raíz de un recurso presentado por la asociación vecinal Lezama Bizirik. La plataforma solicitó la nulidad de las normas subsidiarias apoyándose en tres argumentos. Por un lado, mantienen que no cumple la ley en materia de edificación de viviendas sobre suelos potencialmente inundables. También consideran que el documento contiene irregularidades en lo que se refiere a la gestión industrial. Y, sobre todo, denunciaron que el informe de impacto ambiental no había sido puesto a exposición pública en las fechas que correspondían.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) no entró a valorar en su fallo las dos primeras líneas de acusación de la asociación vecinal. No lo hizo porque el «vicio en la tramitación» cometido con el informe de impacto ambiental resulta suficiente para determinar la nulidad de la regulación urbanística de Lezama y no hace necesario analizar el resto de argumentos.

Según el documento judicial al que ha tenido acceso este periódico, la Diputación ha centrado ahora parte de su recurso en que las «irregularidades procedimentales» no produjeron, a su juicio, «indefensión material» a nadie. La institución foral considera excesivo que se decrete la «nulidad absoluta» de la normativa municipal y, en este sentido, alude a las normas estatales que regulan este tipo de procedimientos para reforzar sus argumentos. El Ayuntamiento, por su parte, mantiene que las deficiencias señaladas por el TSJPV han sido «completamente subsanadas».

«Política de imposición»

El Supremo, sin embargo, señala que «no le falta razón» a la asociación vecinal cuando asegura que el recurso a las normas estatales «reviste un carácter meramente instrumental, que tiene por objetivo sortear el obstáculo procesal». En otras palabras, los jueces recuerdan que el litigio se ha centrado en la «interpretación y aplicación de las normas de Derecho autonómico» y que la alusión ahora a los preceptos estatales sólo busca «abrir paso» a una revisión de la sentencia emitida por la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior. «Desde esta perspectiva, dichos recursos resultan inadmisibles», subraya el texto judicial. Por todo ello, el Supremo acuerda por unanimidad la «inadmisión» de los recursos planteados por la Diputación y el Ayuntamiento y les condena a hacer frente a las cosas procesales.

La asociación Lezama Bizirik acogió ayer el auto judicial con «satisfacción» y volvió a solicitar al Ayuntamiento que abandone la «política de la imposición» y abandone «los trámites urbanísticos» que está impulsando en base a las normas anuladas. Además, pidió que elabore un nuevo plan general en el que prevalezca el «interés general» y los criterios de «sostenibilidad» por encima del desarrollo «especulativo».

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