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Urgente Una persona herida en un accidente múltiple en la BI-2023 a la altura de Mallabia
Hasier Arraiz, presidente de Sortu, en rueda de prensa. / Foto: Archivo
sentencia

Concluye que no cabe considerar que las declaraciones del dirigente de Sortu "por ambiguas o poco afortunadas que fuesen, constituyan un delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo contemplado en el artículo 578 del Código Penal".

PPLL

Miércoles, 23 de abril 2014, 15:17

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