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ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Miércoles, 15 febrero 2012

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LA RIOJA

Siguió al conductor hasta su chalé, en Villamediana, y apedreó el vehículo causando más de tres mil euros en daños

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Un vecino de Villamediana, F.H. I., ha sido condenado a una pena de seis meses de multa, equivalente a tres meses de privación de libertad en caso de impago, por destrozar el vehículo de otro vecino que atropelló a su gato. En la misma sentencia, el juzgado de lo Penal número uno de Logroño absuelve a F.H.I. de los delitos de amenazas y allanamiento de morada, de los que también había sido acusado.
Los hechos que desembocaron en el incidente tuvieron lugar en Villamediana el 6 de abril de 2008, a las 14.45 horas, cuando F.H.I. observó que otro vecino de la localidad, F. R. J., circulaba por la calle Bodegas a bordo de su coche, con el que atropelló accidentalmente a su gato.
Fue entonces cuando el condenado por la agresión, F. H.I., se dirigió al domicilio del conductor, en el cerro de San Cristóbal, «para pedirle explicaciones», según relata la sentencia en su relación de hechos probados.
El dueño del gato «aporreó la puerta de la vivienda tipo chalé de F.R.J., pero éste no abrió». Frustrado en su intento de acceder a la vivienda, «desde la calle y dando voces, el acusado insultó» al propietario del chalé «y le retó a salir de la vivienda».
La situación se tensó aún más cuando el acusado «cogió unas piedras de la calle y las lanzó contra el vehículo del hombre que había atropellado a su gato, con la intencioón de causarle daños materiales».
El enfurecido vecino rompió la luna trasera del vehículo, la luna de la ventana del copiloto, la luna de la ventana trasera derecha y la luna delantera. También abolló la puerta del copiloto y la puerta traser derecha del vehículo. En resumen, causó daños por importe de 3.103, 56 euros.
El propietario del chalé, «al ver al acusado lanzar piedras contra su vehículo, salió al jardín de la casa «donde una persona no identificada que acompañaba a F.H.I. le dijo que le iba a romper la cara y las piernas». En el procedimiento judicial, el propietario del coche apedreado reclamaba la indemnización de los daños materiales sufridos, pero no reclamó penal ni civilmente por los insultos ni por las amenazas recibidas.
El juez ha considerado que F.H.I es autor de un delito de daños que recoge el artículo 263 del Código Penal al lanzar piedras de entre 15 y 20 centímetros de diametro sobre las lunas y la chapa del vehículo presa de «una indignación repentina y del ánimo de venganza derivados de un incidente de circulación que había acabado con la vida de un gato doméstico propiedad del acuasdo».
F.H.I. deberá ahora indemnizar a F.R.J con los 3.103 euros que costó reparar el coche e ingresar 1.080 euros en el juzgado por la responsabilidad penal».

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