El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por la viuda del guardia civil Ricardo Cousso, asesinado en 1991 por el etarra Juan Carlos Iglesias Chouzas, 'Gadafi', en el que solicitaba un aumento de la indemnización, fijada en 240.000 euros por la Audiencia Nacional en julio. De todas formas, el órgano judicial confirmó la condena de 29 años de prisión para el miembro del 'comando Vizcaya'.
En su recurso, la mujer argumentaba la existencia de un «agravio comparativo» en relación a otras resoluciones que, por hechos semejantes, han fijado en favor de las víctimas cantidades en torno a 500.000 euros. En este caso, la Audiencia Nacional condenó a 'Gadafi' a pagar a la viuda y al hijo -que fue testigo de la muerte de su padre con sólo 9 años- un total de 240.000 euros, que debían ser satisfechos de forma solidaria con otros miembros del 'comando Vizcaya'. La mujer de Cousso también demandó que fuera este etarra el que abonara, íntegramente, el dinero. El agente murió al recibir seis disparos mientras esperaba a que su hijo saliera del colegio.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Joaquín Giménez García, reconoce que la resolución de la Audiencia fue «ciertamente lacónica», ya que no especifica algunas circunstancias personales de ambos -edad o profesión- que pudieran servir para cuantificar la cantidad indemnizatoria.
Sin justificar
El recurso, sin embargo, tampoco argumentaba, según el Tribunal Supremo, que la cuantía concedida fuera «desproporcionada a la baja» en comparación con otras disposiciones. «La mera referencia a las sentencias que se citan no sirven para afirmar que ha existido la quiebra al principio de igualdad que se dice, ni es posible obviar la solidaridad entre los coautores de un mismo hecho delictivo a efectos del pago de la indemnización».