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Viernes, 6 de enero de 2006
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ECONOMÍA
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El TDC propone vetar la OPA de Gas Natural porque acarrearía «daños irreversibles»
El pacto de compraventa con Iberdrola «no resuelve, sino que potencia los efectos restrictivos», asegura el organismo
Salvador Gabarró, presidente de Gas Natural. / YOLANDA CARDO
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LOS RIESGOS
Gas: en el mercado de aprovisionamiento de gas, dice el TDC, aumentan los riesgos de efectos restrictivos de la competencia por la desaparición de Carboex (que aumentará el 3% la cuota de Gas Natural), la participación del 12% que tiene Endesa en el proyecto Medgaz, la presencia de las dos empresas en el consejo de de Enagas y por las participaciones de Endesa en las regasificadoras de Sagunto y Mugardos.

Distribución de gas: en el mercado de distribución del gas, alerta de la merma de la competencia en la Comunidad Valenciana, Andalucía, Castilla y León, Extremadura y Aragón.

Generación eléctrica: la operación reforzaría el mercado de los ahora dominantes al frenar proyectos de inversión en ciclo combinado tanto en las empresas fusionadas como en sus competidoras.

Mercado mayorista: la nueva compañía vería reforzado su poder por la prevalencia de sus centrales de ciclo combinado.

Distribución eléctrica: el dictamen considera que la operación dificulta la competencia en diversas zonas geográficas y sugiere, en algunos puntos, la presencia de dos o más oferentes.

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El dictamen no vinculante del pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) aconseja al Gobierno que declare improcedente la operación de concentración de Gas Natural y Endesa, y le propone «ordenar que no se proceda a la misma», teniendo en cuenta que podría acarrear daños «de carácter irreversible» sobre la competencia, imposibles de paliar con condiciones. Además, considera que el acuerdo de compraventa de activos suscrito entre Gas Natural e Iberdrola «no resuelve, sino que potencia los efectos restrictivos sobre la competencia de la operación».

El documento fue remitido ayer al ministerio de Economía y difundido a través de la 'web' del TDC. El departamento que dirige Pedro Solbes dispone de un mes para formular una propuesta al Consejo de Ministros: la operación podría ser vetada, aprobada o autorizada con condiciones. Si la resolución final no coincide con la recomendación del Tribunal, deberá estar técnicamente motivada.

En sus veintiún conclusiones, el informe describe un panorama anticompetitivo, en el que, se asevera, «no resulta posible asegurar que un conjunto de condiciones razonables, realistas, proporcionales y eficaces, ya sean estructurales, conductivas o reguladoras, o cualquier conjunto de ellas, pudieran compensar los daños irreversibles que la operación conlleva».

Las ventas de activos propuestas por Gas Natural -afirma el TDC- no restablecen la competencia, ni resuelven los problemas de concentración, ni aumentan la capacidad o los incentivos de la empresa fusionada para actuar en pro de una mayor competitividad. Peor aún resulta, a su juicio, la designación de Iberdrola como «forzoso comprador de activos» que «no sólo no resuelve, sino que potencia los efectos restrictivos que la operación trae como consecuencia».

Desde el punto de vista de los consumidores, el Tribunal reconoce que las ofertas duales -gas y electricidad- pueden tener interés para los usuarios, pero advierte de que las mayores ventajas nunca se alcanzarán «a través del fortalecimiento de la posición de dominio de uno de los ofertantes, ni mucho menos a través de la reducción del número de operadores».

Discrepantes

El presidente, Luis Berenguer, y dos vocales, Pilar Sánchez Núñez y Antonio Castañeda, defienden en un voto particular al dictamen que el pleno de este organismo podría haber recomendado al Gobierno la autorización de la concentración de Gas Natural con Endesa. A su entender, los problemas de competencia se pueden resolver mediante una serie de condiciones. El TDC «no ha analizado con la suficiente profundidad» esta opción, señalaron.

Entre otras cosas, señalan que los efectos perversos para la competencia de la operación podrían atenuarse, en el aprovisionamiento de gas natural para el mercado nacional, con la venta de Carboex a un tercero en el plazo de seis meses, mediante procedimiento de libre concurrencia.



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