El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia dictada en 2010 por la Audiencia Nacional contra 15 miembros de la organización juvenil Segi y obliga a dictar una nueva sentencia para subsanar la falta de motivación. Esta es la primera resolución dictada por el alto tribunal tras el comunicado de ETA anunciado el cese definitivo de su "actividad armada".
Los 15 miembros de Segi fueron condenados a seis años de prisión por integración en organización terrorista. La Audiencia Nacional concluyó que desde al menos el año 2005 integraban diferentes taldes en San Sebastián formando parte de la organización Segi, interviniendo unas veces y otras veces otros en diferentes actos de kale borroka, como el volcado e incendio de contenedores y autobuses, cortes de tráfico, corte de vías férreas, enfrentamientos y lanzamiento de objetos contra la Ertzaintza y edificios oficiales, incidiendo amedrantamiento entre la población hasta su detención en 2007.
En los domicilios de los acusados se intervinieron numerosos efectos y documentación sobre Segi, así como prensa usada en las acciones de kale borroka. Los 15 acusados recurrieron la sentencia alegando que no se habían valorado las pruebas testifical, pericial y documental practicadas en el juicio oral. El Tribunal Supremo les da ahora la razón ya que en la sentencia recurrida "no aparece referencia alguna a las pruebas practicadas a propuesta de las defensas de los recurrentes que fueron previamente admitidas por tener relación con los hechos enjuiciados".
Por ello, y sin entrar a valorar los demás motivos de recursos, anula la sentencia recurrida, devolviendo las actuaciones al órgano jurisdiccional sentenciador para que dicte nueva sentencia. Los condenados por la Audiencia Nacional fueron los miembros de Segi Ekaitz de Ibero, Pello María Lamarka, Mikel Arretxe, Imanol Alder Vicente,Igor Alvarez, Urko Pikaza, Asier Mariezkurrena, Ekaitz Ezquerra, Unai Pérez, Aitor Olaizaola, Mikel Arretxe, Nahikari Otaegi, Oier Lorente, Adur Fernández, Egoi Alberdi y Beñat Apalategi.