Ni pornografía, ni violencia gratuita en la televisión convencional. El Gobierno ha modificado el anteproyecto de Ley General Audiovisual para prohibir su emisión en abierto, según recoge el dictamen del Consejo de Estado a la futura norma al referirse a un cambio introducido respecto al texto que el Consejo de Ministros abordó el pasado verano.
Así, en los documentos remitidos al Consejo de Estado, el Ministerio de Presidencia incorpora la prohibición de la emisión de la pornografía y la violencia gratuita, salvo que se garantice el acceso condicional y la posibilidad de control parental. En el primer texto, el anteproyecto preveía la posibilidad de que dichos contenidos pudieran ser emitidos en abierto de madrugada. Ahora ya no será así al incorporar la futura ley el mandato de una directiva europea de 2007.
Además, el informe también menciona otro cambio del Gobierno Zapatero para incrementar la protección de niños y adolescentes con respecto a la comunicación comercial. El anteproyecto establece que «no deberán producir perjuicio moral o físico a los menores». Además, prohíbe la comunicación comercial dirigida a éstos cuando pueda explotar «su admiración hacia terceros».
El anteproyecto incluye también que «todos los productos audiovisuales distribuidos a través de servicios de comunicación audiovisual deben disponer de calificación por edades». Asimismo, el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, que se creará con la futura ley, asumirá la vigilancia y control de las calificaciones.
«Más competencias»
El Consejo de Estado, que en términos generales considera que el anteproyecto «cumple de modo razonable sus objetivos», «valora positivamente» los cambios en lo referente a protección de menores, aunque se muestra más crítico respecto a otros temas. Así por ejemplo, reconoce que la norma «podría ser más amplia en cuanto a la exigencia en accesibilidad» y aboga por dotar al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA) de más competencias.
Asimismo, apuesta por introducir entre las funciones del CEMA la de velar por que los prestadores del servicio de comunicación bajo su jurisdicción no emitan obras cinematográficas fuera de los periodos acordados con los titulares de sus derechos.
Respecto a la publicidad, el Consejo de Estado recuerda que «si bien la autorregulación puede ser un método complementario, en forma alguna puede sustituir a las obligaciones del poder legislativo nacional» y aboga por que el proyecto de ley regule de forma «más precisa» los contenidos que se pueden emitir según los horarios.
También respecto a la publicidad, el Gobierno ha cambiado la redacción original del anteproyecto para identificar como publicidad los telerreportajes, las telepromociones y aquellas formas de publicidad distintas de los anuncios y que son «susceptibles de confundir a los telespectadores sobre su naturaleza». Además, prohíbe «toda publicidad que no transmita una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres».