En la imagen, Arnaldo Otegi, ex portavoz de la ilegalizada Batasuna./ Archivo
Seis años, de tribunal en tribunal
- 17 de marzo de 2003: la sala del 61 del Tribunal Supremo acuerda por unanimidad la ilegalización y disolución de HB-EH-Batasuna, al estimar que vulneraba la Ley de Partidos aprobada el año anterior para dejar fuera de la ley a las formaciones que amparen y apoyen políticamente el terrorismo.
- 23 de abril de 2003: Batasuna recurre ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo contra la sentencia del Supremo.
- 16 de enero de 2004: el Constitucional decide por unanimidad confirmar la ilegalización de Batasuna y de sus antecesoras HB y EH.
- 19 de julio de 2004: Batasuna interpuso dos recursos ante el TEDH contra su ilegalización y la de HB, alegando vulneración de los derechos a la libertad de expresión, a la libertad de reunión y de asociación y a un recurso efectivo. En su demanda, la formación abertzale aseguraba que la Ley de Partidos se promulgó expresamente para proceder a su ilegalización y acabar con "la expresión política del independentismo vasco".
- 3 de abril de 2006: el TEDH pide al Gobierno español y a los abogados de Batasuna más información sobre las demandas presentadas.
- 13 de diciembre de 2007: Estrasburgo declara parcialmente admisibles los recursos de Batasuna.
- 14 de febrero de 2008: el Gobierno pide al TEDH que rechace el recurso de Batasuna "por ausencia de fundamento" y que declare que su disolución "no ha comportado violación alguna" del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales.
La formación interpuso un recurso ante la Justicia europea en 2004 en el que alegaba la violación del derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión y asociación
El fallo supone un obstáculo importante para la presentación de listas de la izquierda abertzale a las elecciones municipales de 2011
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha fallado a favor del Estado español en el recurso interpuesto por
Batasuna contra la
ilegalización de esta formación política por los Tribunales Supremo y Constitucional. El fallo de hoy supone un obstáculo importante para la presentación de listas de la izquierda abertzale a las próximas elecciones municipales en 2011.
El TEDH ratifica así la sentencia del Tribunal Supremo español, que la ilegalizó el 17 de marzo de 2003 en aplicación de la Ley de Partidos y al considerarla parte del entramado terrorista de ETA. Antes de acudir al TEDH, Batasuna había presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero este órgano respaldó la decisión del TS de ilegalizar a este partido, a Herri Batasuna y a Euskal Herritarrok. Agotados todos los procedimientos en la Justicia española, sólo le quedó la vía de Estrasburgo, donde el 19 de julio de 2004 interpuso dos recursos contra su ilegalización y la de HB.
En su demanda, Batasuna alegó violaciones de los artículos 10 (derecho a la libertad de expresión), 11 (derecho a la libertad de reunión y asociación) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En diciembre de 2007 el TEDH acordó admitir a trámite parcialmente los recursos, sólo en lo que se refería a los artículos 10 y 11.
Uso de la violencia
En febrero de 2008, la Abogacía del Estado pidió al Tribunal de Estrasburgo que los rechazara "por ausencia de fundamento" y que declarara que la disolución de Batasuna no había comportado violación alguna" del Convenio europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. En su escrito, el Gobierno afirmaba que era precisamente la actitud de Batasuna y HB la que había contribuido a "deteriorar las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia, el pluralismo y las libertades políticas, utilizando la violencia para la consecución de sus fines".
El abogado del Estado recordaba además que tras la disolución de Batasuna se habían producido diversos intentos de dar continuidad a esa formación, y advertía de que "la reacción del Estado frente a los intentos de defraudar la ley" provocarían nuevas sentencias y nuevas demandas ante ese Tribunal.