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ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Lunes, 13 febrero 2012

Guipúzcoa

GUIPÚZCOA

EB-Aralar recuerda al Ayuntamiento que es obligatorio por ley contar con un listado de los pasos por los que se puede transitar libremente
16.06.09 -

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¿Pasos públicos o privados?, ¿caminos cerrados o abiertos al tránsito?, ¿se puede pasar o no se puede franquear la valla?. Estas son algunas de las cuestiones que se plantean los montañeros o simples paseantes por el entorno rural de Eibar en sus habituales giras o excursiones ante los caminos que se encuentran en el medio rural. La ausencia de un inventario municipal sobre los caminos públicos o privados impide conocer por dónde se puede transitar o no es posible hacerlo. La coalición Ezker Batua-Aralar ha solicitado al Ayuntamiento de Eibar que se elabore un listado sobre este tipo de pasos, fundamentalmente de carácter público, para dar a conocer a los ciudadanos sobre los espacios a los que se puede tener acceso o no es posible pasar ya que se trata de terrenos privados.
Eibar carece de un inventario de estas características y en los archivos municipales sólo existe constancia en documentos históricos sobre numerosos detalles relacionados con lindes, límites de terrenos y actas de amojonamiento en terrenos rurales. Pero no hay referencias a la diferenciación explícita entre caminos públicos y privados.
Investigación
La elaboración de un inventario de estas características es una obligación de todos los municipios, según establece un Real Decreto Ley datado en 1986. «Todos los municipios están obligados a formar un inventario de todos sus bienes y también de sus caminos públicos», reza esta disposición legal.
La existencia de esta normativa es una antigua reivindicación de la Federación Guipuzcoana de Montaña. Incluso ha llegado a editar un tríptico informativo en el que se recoge la obligatoriedad de contar con un inventario específico en cada una de las localidades. «En algunas ocasiones nos encontramos con algunos caminos públicos cerrados. Ante esta circunstancia es nuestro derecho reclamar, ante las administraciones públicas, que dichos caminos se mantengan abiertos», aseguran desde la Federación de Montaña.
Y la pregunta es: ¿cómo se demuestra que un camino es público?. Para ello se puede recurrir al catastro municipal, al inventario municipal de caminos públicos (en el caso de que existiera), cartografía antigua, escrituras de los terrenos o testimonios. Pero la realidad es que muchos pasos públicos se encuentran cerrados al paso de montañeros o excursionistas y no hay posibilidad de recurrir a un espacio municipal en el que poder consultar si se tiene o no derecho a utilizar ese paso. Es más, la ley permite, incluso, que una persona particular pueda solicitar una investigación en el Ayuntamiento sobre un camino del que no se conoce su titularidad.
La petición de Ezker Batua-Aralar trata de aclarar las dudas que pueda haber al respecto en este sentido en el término municipal de Eibar. «Hicimos la petición a principios de junio y todavía no hemos tenido respuesta sobre esta cuestión», aclara la concejala de EB, Eli Gómez.
La competencia sobre la conservación de los caminos públicos recae sobre los Ayuntamientos, aunque esta potestad no conlleva la obligatoriedad de hacerlo. Así lo establece una ley de 1985.
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