
El presidente de la Asociación de Internautas (AI), Víctor Domingo, ha valorado la condena. / Europa Press
La condena establece «una línea divisoria» entre lo legal y lo delictivo
El presidente de la Asociación de Internautas (AI), Víctor Domingo, ha considerado que la condena establece "una linea divisoria" entre un "acto delictivo" y lo que ellos defienden, "compartir archivos sin ánimo de lucro".
Domingo ha explicado que la sentencia concreta que compartir contenidos a través de la red "ni es delito, ni merece multas o cárcel".
Tras reconocer que la asociación no está "a favor" de la piratería digital ni "en contra" de los derechos de autor, Domingo ha sostenido que "hay que separar piratería y compartir". "La condena establece que una cosa es delito y la otra no. Lo que es preocupante es que el Gobierno y el ministerio de Cultura lo confundan", ha reprochado.
Sobre el rechazo de la Asamblea de Francia al proyecto de Ley contra la Piratería en Internet del país galo, Domingo ha sostenido que lo que le "gustaría" es que ningún parlamento tuviera que discutir "si tiene que restringir derechos fundamentales o no". "Quien tiene que decidir es un juez, no la Sociedad General de Autores ni el propio ministerio", ha concluido.
El Juzgado de lo Penal 1 de Logroño ha condenado al internauta de 22 años, A.G.L., a seis meses de prisión y al pago de 4.900 euros por lucrarse con descargas de Internet a través de una página web que ofrecía enlaces para descargar películas y videojuegos, protegidos con derechos de autor. Se trata así de la primera vez que se condena en España a una persona a prisión por este tipo de delitos.
Concretamente, el joven está condenado por un delito contra la propiedad intelectual por obtener beneficios mediante la página web 'www.infopsp.com', creada por el acusado aparentemente con el fin de compartir archivos.
Así, la sentencia señala que a través de esta página se ponía a disposición de los usuarios la obtención de copias ilícitas de obras protegidas por derechos de autor, de modo que con sólo pinchar el enlace correspondiente, estos obtenían una copia pirata en su ordenador, haciéndolo sin el consentimiento de su titular. Además, el fallo considera probado que el acusado obtenía beneficios económicos mediante la publicidad que insertaba en su página, así como por mensajes 'SMS Premium' de móvil, de tarificación adicional.
Un precedente "muy importante"
La denuncia partió de las patronales de videojuegos (ADESE) y videográfica (UVE). Según señala el fallo, el condenado ha mostrado su conformidad con el mismo, manifestando ambas partes su intención de no recurrir, por lo que la sentencia es firme. A pesar de ello, el joven no irá a la cárcel al no contar con antecedentes penales.
"El fallo es un precedente muy importante para una industria como la de los videojuegos que está en la avanzadilla de la creación de empleo y de riqueza, incluso en medio de la crisis, pero que se encuentra indefensa ante un problema tan grave como el de la piratería", ha afirmado el presidente de ADESE, Alberto González Lorca.