Si cumpliera la pena íntegra, José Luis L.G., que hoy tiene 23 años, saldría de la cárcel con 37. El magistrado-presidente de la Sección Sexta de la Audiencia vizcaína le ha condenado a 16 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, después de que el jurado le declarara hace diez días culpable de haber matado de una certera puñalada en el corazón al soldado Aitor M.M. en un pub de las galerías de Zorroza, en marzo de 2007. A la pena hay que descontarle los dos años que el condenado lleva cumplidos en prisión provisional.
El Ministerio público y la acusación particular reclamaban para él 17 años y medio de prisión, mientras la defensa se inclinaba por la pena mínima de 15 años. El magistrado justifica su decisión en la corta edad de la víctima y en que el acusado no ha mostrado «ninguna voluntad de reparación del daño», pero, sobre todo, en que José Luis L.G. tuvo una «reacción extraordinariamente violenta e injustificada como modo de solventar un incidente nimio». En opinión del juez, su conducta revela «una especial peligrosidad criminal».
Se refiere a que el origen de la discusión que acabó en tragedia fue que Aitor, al entrar en el local, debió de tirar la bebida que el acusado y sus acompañantes tenían en una mesa. Después, ambos salieron hacia la galería, donde se ubicaba el pub, pero en el descansillo José Luis asestó un único navajazo en el pecho a Aitor, que apenas pudo dar dos pasos y cayó fulminado, según los hechos que el jurado consideró probados.
Gestos, pero sin contacto
Para motivar el objeto del veredicto, los jurados recurrieron, fundamentalmente, a la pericial forense y a los testimonios de los amigos de la víctima, que se encontraban en el lugar en el momento de los hechos. Ambas pruebas desmontaron la versión del acusado, ofrecida en la primera sesión del juicio, según la cual, actuó en legítima defensa como respuesta a una agresión de la cuadrilla de Aitor, y, por tanto, la muerte fue «accidental» o «imprudente». Para el jurado, sin embargo, «no ofrece ninguna duda la concurrencia del ánimo de matar», ya que el homicida dejó a la víctima sin posibilidad de defensa, por lo «sorpresivo» del ataque y por el «habitáculo» donde se produjo. «No existió una agresión previa de la que el acusado tuviera que defenderse», señala la sentencia.
«Ambos gesticularon mientras discutían, pero no hubo contacto», declararon los amigos de Aitor, que poco después vieron cómo se levantaba la camiseta mostrando la herida de arma blanca. «Mira lo que me han hecho», dijo antes de desplomarse. Otro acompañante vio que el agresor llevaba en la mano una navaja y, momentos después, empezó a lloverle una cascada de objetos.
Por su parte, los forenses afirmaron que la puñalada se realizó «con bastante intensidad», tanta que el autor hundió los diez centímetros de filo en el corazón de la víctima y le dejó un hematoma en el pecho. Los peritos rechazaron la rocambolesca versión del acusado, que apuntaba que la víctima había caído sobre él con tan mala suerte que se había clavado el estilete.
Respecto a la mujer acusada de encubrimiento, Cristina C.R., el magistrado considera excesiva la petición de 21 meses de cárcel de las acusaciones y rebaja la pena a un año de prisión por la «escasa duración» del delito. Apenas logró mantener oculta unos minutos la navaja -«elemento de indudable relevancia» en el caso-, ya que la Ertzaintza la encontró detrás de la máquina tragaperras. Los jurados dieron credibilidad a los testimonios de los ertzainas que la requirieron de forma insistente. De la excusa absolutoria que reclamaba su defensa al declararse «cuñada» del asesino, los jurados «no han encontrado elementos de juicio suficientes» respecto a una «relación análoga a la conyugal». El tribunal popular se mostró en este caso partidario del indulto.
José Luis L.G. deberá indemnizar a los padres de Aitor con 120.000 euros y al hermano, con 20.000.