La Audiencia de Vizcaya ha condenado a 16 años de cárcel a José Luis L.G por apuñalar en la madrugada del 4 de marzo de 2007 al joven Aitor Martín Molano, de 23 años, tras una discusión en un bar del barrio bilbaíno de Zorroza.
Según una sentencia hecha pública hoy, José Luis L.G. ha sido condenado a la citada pena de cárcel como autor de un delito de asesinato con alevosía atendiendo al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado tras la vista oral celebrada entre los pasados 23 a 27 de marzo. Asimismo, su cuñada María Cristina C.R. ha sido condenada a un año de cárcel por encubrir al acusado al tratar de ocultar el arma con la que se cometió el asesinato.
Según se ha declarado probado, los hechos se produjeron alrededor de las 5 de la madrugada del 4 de marzo de 2007 en el 'Pub Cooppy' localizado en el barrio bilbaíno de Zorroza cuando se produjo una discusión entre el acusado y Martín a consecuencia de una bebida que se había caído. Al ir a salir ambos al exterior del establecimiento, y estando en un descansillo "prácticamente sin iluminación", José Luis L.G. le asestó por detrás a Martín una puñalada a la altura del pecho que le afectó al corazón causándole la muerte en el acto.
"Mortal de necesidad"
La sentencia indica que el hoy condenado utilizó una navaja con una hoja de diez centímetros de largura y que la puñalada fue "mortal de necesidad". Además se considera probado que el acusado llevó a cabo la agresión "sin que la víctima tuviera en ningún momento ninguna posibilidad de defensa, por lo sorpresivo del ataque y las circunstancias del lugar en el que se produjo el apuñalamiento que no permitía la visión de ataque".
Por ello, el magistrado presidente que firma la sentencia considera que se trata una agresión alevosa efectuada de modo "sorpresivo y repentino" donde era "prácticamente imposible" apercibirse del ataque. La resolución también explica que una vez que se produjo el apuñalamiento, las personas que acompañaban a la víctima trataron de evitar que Jose Luis L.G. escapara y que finalmente lograron retenerle en el interior del establecimiento junto a María Cristina C.R. hasta que llegó la Ertzaintza.
Respecto a esta última, la sentencia considera probado que se "negó en todo momento a facilitar cualquier información" sobre lo sucedido y que incluso tras hacerse con el arma con la que se produjo el apuñalamiento la arrojó al suelo "disimuladamente" detrás de una máquina recreativa. El hoy condenado tendrá así mismo que indemnizar con un total de 140.000 euros a la familia de la víctima. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.