El Tribunal Supremo quiere otorgar las máximas garantías al procedimiento que tiene abierto sobre la legalidad o no de las candidaturas de Askatasuna y D3M a las próximas elecciones autonómicas vascas. En un sorpresivo cambio de rumbo, los 16 magistrados que componen la 'Sala del 61' -la que se encarga de aplicar todo lo relacionado con la Ley de Partidos- acordaron ayer conceder un plazo adicional de 24 horas a ambas marcas de la izquierda abertzale para que estas formaciones puedan plantear sus alegaciones al procedimiento abierto contra ellas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero reclama a través de esos dos órganos la anulación de sus listas al considerar que están claramente supeditadas a ETA y que pretenden ser una continuación de Batasuna en las instituciones autonómicas.
La decisión del Supremo se produce después de que tanto el partido como la plataforma electoral comunicasen el viernes la «imposibilidad real» de contestar a las demandas de impugnación, debido a que en ese preciso momento 13 de sus representantes estaban declarando en la Audiencia Nacional ante el juez Baltasar Garzón por un presunto delito de integración a ETA.
En el escrito enviado por la defensa de Askatasuna, sus abogados explican que no han tenido «tiempo material» para examinar la documentación tanto de la Fiscalía como de la Abogacía del Estado. Una imposibilidad que le impedía ejercitar un derecho de defensa «mínimamente adecuado». Los letrados habían tenido que llevarse literalmente en una carretilla los miles de folios aportados en su contra.
En esta tesitura, el Supremo ha optado por protegerse ante futuros recursos e intentar evitar que una instancia superior -el Constitucional y, sobre todo, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo- puedan revocar la decisión que vaya a tomar por una razón tan simple como que se ha vulnerado el derecho de los acusados a un juicio y una defensa justa. Los componentes de la 'Sala del 61' son conscientes de que el procedimiento judicial que tienen entre manos será de largo recorrido y, como va a ocurrir con ANV y EHAK, llegará hasta la Corte Europea.
Excepcionalidad
Por todo ello y con el fin de no causar indefensión, emitió dos autos en los que remarca las «excepcionales circunstancias» que le han llevado a demorar un día la resolución de este caso y habilitar hasta las dos de la tarde de hoy el plazo para que Askatasuna y D3M puedan presentar sus alegaciones. Y lo justifica por la actuación que también sigue Garzón contra ambas marcas. El Supremo entiende que la declaración que trece dirigentes de ambas formaciones debieron realizar el viernes en la Audiencia Nacional constituía un compromiso judicial que «sin duda constituye el cumplimiento de un deber jurídico ineludible».
La decisión de la Sala del 61, acordada por sus 15 magistrados y el presidente Carlos Dívar, hace que se retrase el dictamen final sobre ambas candidaturas hasta la medianoche de hoy. No se descarta, sin embargo, que la resolución no se conozca de forma completa hasta altas horas de la madrugada, como ya ocurrió en las municipales y forales de 2007 con las listas de Acción Nacionalista Vasca.
La tesis más extendida en fuentes cercanas al Supremo es que los jueces habrían tomado ya la decisión de dejar fuera de los comicios a Demokrazia Hiru Milioi al estar convencidos de que sus candidaturas están claramente 'contaminadas' por la ilegalizada Batasuna. Mayores dudas presenta el caso de Askatasuna, cuyas planchas están confeccionadas por personas sin una evidente vinculación con otras formaciones proscritas. Fuentes judiciales no descartan que el Supremo no vea motivos para ilegalizar también esta marca y que dejen que sea el juez Garzón el que el próximo martes analice si debe dictar la suspensión de actividades de Askatasuna al considerar que puede haber indicios de estar vinculada al entramado de ETA.
El titular del Juzgado de Instrucción número 5 podría dejar fuera de las elecciones a ese partido, legal desde 1998, a pesar de un fallo en sentido contrario de sus superiores del Supremo. Todo ello porque el Gobierno ha seguido en esta ocasión una doble vía: la de la Ley de Partidos a través de la 'Sala del 61' y la del Derecho Penal a través de la Audiencia Nacional.
La diferencia estriba en que, mientras en el primer caso son necesarias «pruebas irrefutables» para tomar una decisión que «no tiene marcha atrás», Garzón, como instructor, sólo necesita indicios. Su decisión podría ser revocada semanas después, pero una vez que se hubieran celebrado ya las elecciones.