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Política

delito de atentado contra la autoridad

Los hechos ocurrieron el 6 de septiembre de 2007, cuando la mujer junto a un grupo fue a la ermita de la Virgen del Sagrario para "oponerse" a la presencia de concejales del Ayuntamiento en el acto religioso
31.10.08 - 18:49 -

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La mujer que agredió con el palo de una bandera a una edil del PP de Lizartza a la salida de un acto religioso oficiado en la ermita de esta localidad guipuzcoana ha sido condenada a cuatro años de cárcel y a pagar una multa de 1.800 euros, como responsable de un delito de atentado a la autoridad.
Según la sentencia del caso, los hechos ocurrieron sobre las 20:45 horas del 6 de septiembre de 2007, cuando la acusada junto a un grupo de entre 20 y 40 personas fue a la ermita de la Virgen del Sagrario "con el fin de oponerse" a la presencia de concejales del Ayuntamiento en el acto religioso. El escrito precisa que, cuando varios ediles populares que habían acudido a la celebración salieron del templo, los opositores, que portaban ikurriñas y pancartas en las que reclamaban el traslado de los presos a Euskal Herria, comenzaron a proferir insultos y gritos como: "perros, fascistas, fuera de aquí", al tiempo que se acercaban "en actitud agresiva" a los concejales.
Las autoridades, protegidas por sus guardaespaldas, se dirigieron entonces a sus vehículos aparcados en las inmediaciones de la iglesia, donde los alborotadores formaron un tumulto y algunos de ellos golpearon los automóviles con palos y con las manos. La sentencia explica que, en este contexto, la acusada "dirigió" el palo de su bandera contra una concejala de Lizartza que intentaba subirse "apresuradamente" a su coche, si bien su escolta consiguió desviar el golpe, de forma que la procesada sólo consiguió rozar una ceja a la edil.
Atentado contra la autoridad
El texto sostiene que la conducta de la inculpada reúne "todos los requisitos" para ser calificada como un atentado contra la autoridad, ya que su víctima era una edil, contra la que la procesada acometió de forma directa y empleando la fuerza con un palo, con el que pretendía golpearla. El documento judicial rechaza la posibilidad de que la acusada desconociera la condición de concejala de la agredida, como sostuvo en el juicio, ya que "formaba parte habitualmente de las concentraciones" que se organizaban en Lizartza "para protestar por la presencia de cargos municipales del PP".
Recuerda además que la imputada reconoció en la vista que su intención era protestar "porque el PP había logrado la Alcaldía con sólo 17 votos" y deduce que "su violenta actuación encaja perfectamente" con su "reconocido afán". La sentencia concluye por lo tanto que la agresión "estuvo motivada única y exclusivamente por la condición de concejal" de la víctima y contextualiza esta acción en "la sucesión de actos de hostigamiento que los concejales del PP de Lizartza han venido soportando desde que tomaron posesión de sus cargos", tras las últimas elecciones locales.
"Se trata por tanto -continúa el escrito- de un atentado motivado y que tiene que ver con la actividad política" y con "los miembros de la corporación", ya que "la acusada no está de acuerdo con que el PP gobierne el Ayuntamiento" de Lizartza. El documento recuerda además que la única prueba de descargo presentada en el juicio por la defensa de la procesada fue la declaración de un testigo que manifestó que "a los que iban a atacar" las personas que acudieron a la ermita "era a los cargos, no a las personas", lo que, según la sentencia, corrobora que la acusada "quiso atentar contra el principio de autoridad, fuese quien fuese la persona que ejerciese el cargo".
Reacción del PP
Por su parte, la presidenta del Partido Popular de Guipúzcoa, María José Usandizaga, ha asegurado hoy que la sentencia "es la mejor forma de acabar con la violencia y con quienes la apoyan o comprenden". En un comunicado, Usandizaga asegura que esta decisión judicial "es un ejemplo para quienes se creen con derecho a agredir o a insultar por las calles como si tales hechos no constituyeran delito alguno".
"Claro que es delictivo amenazar, agredir, insultar o coaccionar a un ciudadano, por mucho que uno piense de forma distinta", ha añadido la dirigente popular, quien ha opinado que, en adelante, los que "se creen con derecho a amenazar se lo pensarán muy mucho, sabiendo que pueden ir a la cárcel por ello".
"Cuanto más recaíga el peso de la Ley sobre quienes conculcan los derechos elementales, más cerca estaremos en Euskadi y en el resto de España de la paz y libertad por la que llevamos tantos años luchando. Esta sentencia es un ejemplo de la victoria democrática frente al terrorismo", ha concluido Usandizaga.
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