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REGLAMENTO

Entre este tipo de establecimientos debe existir una distancia de al menos 200 metros
21.10.08 - 14:24 -

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El Área de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Bilbao aprobará definitivamente en el Pleno del próximo día 30 un reglamento que establece un sistema de distancias mínimas y una serie de obligaciones técnicas y sanitarias para los locutorios, que podrán vender bebidas no alcohólicas y alimentos envasados, con una distancia entre ellos de al menos 200 metros.
Según la edil bilbaína de Urbanismo y Medio Ambiente, Julia Madrazo, tras el periodo de alegaciones, se ha incorporado al texto normativo parte de las peticiones del sector, relativas principalmente a la posibilidad de vender bebidas no alcohólicas en los locales y a la flexibilización de algunas exigencias técnicas.
La concejal ha destacado en rueda de prensa que "el principal valor de esta Ordenanza es que salvaguarda, tanto los intereses de las personas propietarias, como el de los usuarios y los vecinos de la zona donde se instale el locutorio". En este sentido, ha recalcado que la nueva normativa "garantiza que la prestación del servicio sea la adecuada, en cuanto a condiciones de higiene, comodidad y accesibilidad", a la vez que establece una serie de "prohibiciones" para evitar ruidos molestos al vecindario, lo que hace que no se permita el uso de equipos musicales y se exija un aislamiento mínimo de 60 decibelios en horario nocturno.
"Servicios de calidad"
Los principales objetivos de la ordenanza pasan por lograr prestar un "servicio de calidad" en los locutorios, evitando las molestias al vecindario mediante la aplicación de la Ordenanza sobre Protección del Medio Ambiente e impedir la concentración de este tipo de establecimientos.
La norma establece la incompatibilidad de los locutorios telefónicos con una serie de usos, sometidos a regulaciones y cautelas específicas, como la venta de bebidas alcohólicas o las actividades de ocio. No obstante, se levanta la prohibición del uso en los ámbitos de los Planes Especiales del Casco Viejo y Bilbao La Vieja, sustituyéndola por el régimen general de distancias mínimas en todo el municipio.
Los locutorios deberán situarse en la planta baja del edificio y con acceso independiente al de las viviendas y la zona de espera tendrá una superficie mínima de 15 metros cuadrados hasta un total de diez cabinas, incrementándose medio metro cuadrado por cada puesto suplementario. El número de asientos no será inferior al de la mitad de las cabinas y la altura mínima será de 2,50 metros, con una instalación de ventilación natural o forzada que garantice como mínimo seis renovaciones por hora.
Los establecimientos regulados por esta Ordenanza deberán disponer de un aseo destinado al personal empleado con una superficie mínima y no podrán superarse los niveles sonoros máximos, interiores y exteriores, señalados en el artículo 88 de la Ordenanza Local sobre Protección del Medio Ambiente para el uso comercial. Además, de quedar prohibidos los equipos musicales.
Ajustarse a la legalidad
No podrá ejercerse la actividad de locutorio telefónico en los locales relacionados con la venta de bebidas alcohólicas y alimentos no envasados, ni con las actividades de hostelería o de ocio, ni a la inversa. La venta de bebidas no alcohólicas y alimentos envasados habrá de estar sujeta a la normativa vigente en materia higiénico-sanitaria. La Ordenanza no tendrá carácter retroactivo y se aplicará a las solicitudes de licencias formuladas a partir de la última publicación del acuerdo de su aprobación inicial.
Por ello, los locutorios autorizados con anterioridad a la entrada en vigor de norma y que no se ajusten al parámetro de la distancia mínima establecida quedarán en situación de fuera de ordenación, por lo que no se permitirá ninguna ampliación o incremento de la actividad, sino únicamente las obras de adaptación a las exigencias establecidas en los artículos del reglamento.
Además, todos los establecimientos con licencia municipal anterior a la Ordenanza deberán adecuarse gradualmente a los requisitos exigidos en la misma, conforme se vayan transformando los locales, por lo que tampoco se autorizará ningún cambio que no lleve aparejada dicha adecuación.
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