Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |

Sociedad

06.10.08 -

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
La protección de muchas mujeres maltratadas depende en buena medida de la valoración inicial del riesgo que corren. De lo bien o mal que analicen su situación de pareja o la creada tras una ruptura los agentes de la Policía, los jueces, los médicos, psicólogos y asistentes sociales que atienden sus lesiones físicas y psíquicas.
La Ley Integral contra la Violencia de Género implica a todos estos colectivos en la lucha contra el maltrato machista y en la salvaguarda de sus víctimas, y todos deben conocer los detalles de esa relación traumática: antecedentes del agresor, circunstancias familiares, situación sociolaboral, denuncias, órdenes de alejamiento, posibles quebrantamientos, reanudación de de la convivencia... En lo que a la Policía atañe, el Ministerio del Interior ha emitido una nueva instrucción que afina los criterios para una evaluación más precisa del peligro al que se enfrentan las víctimas.
La orden, firmada el 18 de julio por la Secretaría de Estado de Seguridad, incorpora a los protocolos de actuación policial vigentes una nueva gradación del nivel de riesgo, el 'riesgo extremo'. Incluye «vigilancia permanente de la víctima» y «control intensivo» de los movimientos del agresor «hasta que deje de ser una amenaza inminente». Si así se estimara, para los casos de peligro extremo se prevé «vigilancia de entrada o salida en los centros escolares de los hijos». Para el resto de los niveles de riesgo se fijan medidas que van desde el control frecuente y aleatorio del domicilio de la víctima al seguimiento esporádico de las idas y venidas del maltratador.
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios
Vocento
SarenetRSS