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ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Martes, 14 febrero 2012

Economía

Espaldarazo a la autonomía fiscal vasca

Regiones de cuatro estados europeos cuentan con sistemas fiscales propios y competencias similares a las de las instituciones vascas
12.09.08 -

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Las otras 'Euskadis'
Escocia ha iniciado el camino para implantar un régimen fiscal como el de Irlanda, con un Impuesto de Sociedades más bajo. / AP
Euskadi no es la única región del Viejo Continente cuyas instituciones disponen de autonomía en materia fiscal. A imagen y semejanza del País Vasco, más de una administración ha acabado sentada en el banquillo del Tribunal de la UE a cuenta de las rebajas en el Impuesto de Sociedades. Al conocido caso de las portuguesas islas Azores -ya prejuzgado y avalado por Luxemburgo- se unen una serie de singulares sistemas implantados en estados tan dispares como Alemania, Reino Unido e Italia. Los gobiernos británico e italiano se llegaron a personar incluso en el litigio vasco para intentar defender unos intereses que, en el fondo, confluían con la postura adoptada por las diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya.
ISLAS AZORES
Portugal
El precedente a nivel comunitario
El manido 'caso Azores' allanó el camino a las instituciones vascas en la Corte europea. Al tratar la situación del archipiélago, el tribunal dictaminó en 2006 que puede haber diferentes tipos impositivos en un mismo país. Dijo que, para ello, se requieren tres condiciones previas. La institución regional que modifique los impuestos debe tener capacidad política para dictar normas fiscales diferenciadas y elaborar las mismas sin la intervención del Gobierno central, así como no recibir compensación económica del Ejecutivo por la rebaja fiscal.
En su origen, el ligitio de las Azores afectaba tan sólo a Portugal, si bien a posteriori terminó sentando una doctrina a medida para el caso vasco. Hay quien sostiene, incluso, que cuando el abogado general de turno formuló la teoría que más tarde sería asumida por la Corte, en la que se fijaban las tres características básicas que deberían concurrir en una región para que pudiera aprobar impuestos diferenciados, estaba fijándose ya en Euskadi.
ESCOCIA
Gran Bretaña
A las puertas de un nuevo tributo
En la maraña tributaria siempre destaca la polémica coyuntura que últimamente vive Gibraltar. Sus sucesivos regímenes han sido declarados ilegales por la Comisión Europea, después de que el Peñón se convirtiera en un paraíso fiscal que captaba capitales de procedencia dudosa. Más de 8.000 sociedades de todo el mundo, de las más de 30.000 radicadas en el islote, no pagan el Impuesto de Sociedades. Pero el caso de otra zona británico -Escocia- parece a simple vista más similar al vasco, aunque aún esté en pañales. Los independentistas escoceses -mayoritarios en el Parlamento- aspiran a implantar a corto plazo un régimen fiscal como el de Irlanda, con un tipo del Impuesto de Sociedades del 12,5%, para atraer grandes cantidades de inversión extranjera. Gales puede seguir el mismo camino en el futuro, según han declarado varios de sus dirigentes.
SICILIA
Italia
Ayudas a sectores desfavorecidos
Más allá de la histórica influencia de las mafias, Sicilia siempre se ha caracterizado por su tendencia a ir por libre en asuntos como la seguridad o los impuestos. La principal diferencia con Euskadi es que prefiere hacerlo para conceder ayudas a sectores desfavorecidos como la agricultura. Ya ha sido juzgada por ello en varias ocasiones a nivel comunitario.
A su vez, Italia tiene también un problema parecido al de las 'vacaciones fiscales' vascas. La Comisión Europea se mostró contraria en 2005 a dos medidas que favorecían a sociedades que comenzaban a cotizar en mercados de valores regulados, durante un periodo de tiempo concreto establecido en la propia legislación. El tema aún colea en otros tribunales.
LÄNDER
Alemania
Dieciséis estados sin apenas conflictos
El caso de Alemania tiene más similitudes en materia de competencias que en asuntos fiscales. El país es una federación de dieciséis estados llamados länder. Cada uno de esos estados federados tiene su propio gobierno y parlamento, pero no dispone de la capacidad de modificar las normas tributarias de envergadura. De ahí que apenas se hayan dado conflictos. A diferencia del sistema de comunidades autónomas español, todos tienen los mismos poderes y competencias. Los artículos 70 y 71 de la Constitución alemana definen, en este sentido, las áreas de autonomía que pertenecen al Estado y las de las administraciones federales.
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