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Política

SENTENCIA "DEFINITIVA"

Los magistrados imponen cuatro años de cárcel a Antonio Toro por traficar con dinamita

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El Tribunal Supremo dictó ayer la sentencia «definitiva» sobre la matanza del 11-M, cuatro años y cuatro meses después de la tragedia. A lo largo de 959 páginas confirmó los elementos esenciales con los que la Audiencia Nacional explicó en octubre pasado el atentado más salvaje de la historia de España y ratificó una condena de más de 120.000 años de cárcel, la mayor impuesta en este país, para los principales autores vivos de la masacre y sus colaboradores. Para el Supremo no cabe duda de que el atentado en el que murieron 191 ciudadanos y otros 1.892 resultaron heridos fue obra de un comando islamista «con dependencia ideológica de Al-Qaida», y que ETA no tuvo participación alguna en la masacre.
Pese a ratificar la esencia de la primera sentencia, una estricta aplicación del delito de pertenencia a organización terrorista y de la presunción de inocencia llevó al alto tribunal a absolver a cuatro de los 21 condenados, al tiempo que confirmó la libertad de Rabei Osmán, 'El Egipcio', no porque ya estuviese condenado en Italia por hecho similares, como defendió la Audiencia Nacional, sino por no encontrar pruebas suficientes para encarcelarlo por estos hechos.
El Supremo sólo anula una de las siete absoluciones de la Audiencia Nacional, la de Antonio Toro, al que condena a cuatro años por tráfico de explosivos, muy lejos de los 34.715 años impuestos a su ex cuñado, Emilio Suárez Trashorras, por proporcionar a los terroristas la dinamita con la que pudieron volar los cuatro trenes de cercanías. Según el tribunal, sólo hay pruebas de que Toro colaboró en la fase inicial, cuando no se sabía cuál era el posible destino del explosivo.
La sala reafirma que un grupo 'yihadista', fiel a las directrices de Al-Qaida pero sin dependencias jerárquicas o financieras conocidas, comenzó a preparar en 2003 los atentados de las estaciones de Atocha, Santa Eugenia y El Pozo. La célula liderada por Serhane ben Fakhet, 'El Tunecino', muerto días después de la masacre en la explosión del piso franco de Leganés, colocó en los cuatro trenes trece mochilas con unos 140 kilos de explosivos, la mayor parte robados por la red de Suárez Trashorras en Mina Conchita.
El comando lo formaban entre 10 y 13 personas. El Supremo ratificó la condena a más de 42.900 años de cárcel de los dos únicos autores materiales vivos y detenidos, Othmán el Gnaoui y Jamal Zougam. El tribunal señala que les acompañaron en los trenes buena parte de los siete fallecidos en Leganés, un individuo no identificado, dos de los huidos -muertos en 2005 en Irak- y, quizás, el procesado y aún no juzgado Abdelillah Hriz. El grupo operativo, según la sentencia ratificada, estaba respaldado por una célula terrorista formada, al menos, por otros ocho de los condenados que contaba con dos colaboradores directos y la ayuda ocasional de tres traficantes de explosivos y dos falsificadores. Los 18 seguirán en la cárcel.
El Supremo destaca en la sentencia el gran trabajo realizado por las fuerzas de seguridad y la justicia de España, que se ha convertido en el único país del mundo en lograr capturar, juzgar y condenar con todas las garantías a la mayor parte de los implicados vivos en un gran atentado internacional.
«Pasar a la acción»
El alto tribunal, que ha dictado la resolución en un tiempo récord de siete meses, rechaza el recurso de la Fiscalía y las impugnaciones de la mayor parte de las acusaciones particulares, y aprovecha para fijar una clara doctrina sobre la definición de una organización terrorista islamista: no hace falta que una organización extremista cometa delitos violentos o haya iniciado la fase final de un atentado; lo fundamental es que se pueda acreditar que sus miembros «han pasado del pensamiento a la acción» para realizar sus fines «mediante la violencia o el terror». Asimismo, advierte de que no basta con probar que un radical contacta con otros radicales, sino que «hay que probar que ha decidido pasar a la acción». «La coincidencia ideológica con otras personas, aunque sea en ideas violentas, y la relación entre ellos no acredita por sí misma la pertenencia a organización terrorista», resume la tesis.
Esta doctrina es la que lleva al tribunal a absolver a Basel Ghalyoun, Mouhannah Almallah y Fadual el Akil, que ya han sido excarcelados. La corte admite que se trata de personas radicales, que mantenían contacto con otros extremistas y conocían a miembros del grupo terrorista, pero concluye que no hay pruebas suficientes de que hubiesen «pasado a la acción». El cuarto absuelto es el ex minero asturiano Raúl González, 'El Rulo'. La sala considera que no existen pruebas de que ayudó a Suárez Trashorras en el robo y tráfico de explosivos.
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