Saltar Menú de navegación
Hemeroteca |
ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Sábado, 11 febrero 2012

Sociedad

GENERAL
Culpan a un colegio de la muerte de un niño que se tiró por el balcón de su casa
El centro tendrá que pagar 26.800 euros por desatender al menor porque el suceso ocurrió cuando debería estar en clase
17.02.08 -

Cerrar Envía la noticia

Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras personas.

Nombre Email remitente
Para Email destinatario
Borrar    Enviar

Cerrar Rectificar la noticia

Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre* Email*
* campo obligatorioBorrar    Enviar
La Audiencia de Barcelona ha condenado a la dirección de una escuela por la muerte de un niño de 13 años que se precipitó al vacío desde el balcón de su casa. El centro deberá indemnizar a la familia del menor con 26.800 euros, ya que el incidente ocurrió en horario lectivo, y en ese tiempo los docentes eran responsables del cuidado del alumno.

Los hechos ocurrieron el 9 de noviembre de 2004 en un ático de la calle General Mitre de Barcelona. Un alumno de segundo de ESO del colegio Cardenal Spínola, que se encontraba en tratamiento psicológico, salió del centro escolar durante la hora de comer «sin autorización alguna por parte de sus padres», pese a que el horario lectivo era de 9.00 a 17.00 horas.

Tal y como refleja el juez en su sentencia, el menor era especialmente sensible, tenía problemas de autoestima y horas antes de los hechos había sido castigado por una maestra por lanzar un objeto contra una alumna de un colegio cercano. El juez lo califica de «gamberrada», pero la profesora consideró que fue un incidente «muy grave», por lo que exigió que el alumno fuese al otro colegio y se disculpara ante la adolescente en medio de su clase.

Tras cumplir el castigo, el niño consiguió salir de la escuela, se fue a su casa -donde no había nadie- y minutos después se precipitó desde el balcón. El magistrado considera en su sentencia que la escuela debe resarcir a los padres por haber «desatendido su deber de cuidado al menor», al permitir que abandonara el centro antes de que terminara el horario lectivo.

«Negligencia»

Además, encuentra un «nexo causal» entre la actuación «negligente» del colegio y el fallecimiento del adolescente, que «no se habría producido de haber permanecido en el centro». El colegio defendió durante el juicio que el incidente podría haber ocurrido incluso con familiares en el domicilio y fuera del horario escolar, pero el magistrado considera que ese extremo «nunca se podrá comprobar». Cree, por el contrario, que el centro cometió una negligencia «al permitir que un menor de 13 años estuviera solo en su casa sin que sus padres lo hubieran previsto». Los progenitores fueron más allá en sus acusaciones. Afirmaron en el juicio que el castigo de la maestra pudo tener relación directa con el trágico suceso, pero la Audiencia ha determinado que no existe relación «causa-efecto», por la naturaleza «voluntaria» del acto del niño de quitarse la vida.

Los abogados de la familia lamentaron que el colegio no asumiera desde un inicio su parte de responsabilidad, lo que «habría evitado el mayor sufrimiento que ha supuesto el procedimiento judicial para los padres del niño».
Opina

* campos obligatorios
Listado de comentarios
Vocento
SarenetRSS