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Política

POLÍTICA
El Constitucional descarta excarcelar a De Juana antes de que cumpla íntegra su condena
Cree que el preso etarra incitó a la violencia con dos artículos amenazantes
12.01.08 -

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El Constitucional descarta excarcelar a De Juana antes de que cumpla íntegra su condena
Iñaki de Juana.
El Tribunal Constitucional liquidó ayer la última oportunidad que tenía el etarra Iñaki de Juana Chaos de salir de la cárcel antes de cumplir íntegra la condena de tres años que, en febrero pasado, le impuso el Tribunal Supremo por amenazar a cinco directores de prisiones y al presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez. El ex jefe del 'comando Madrid' de los años ochenta, salvo que haya cambios en su actual régimen penitenciario, no abandonará la prisión hasta el próximo 5 de agosto.

El Constitucional considera que De Juana no puede ampararse en el derecho a la libertad de expresión porque los dos artículos que publicó en el periódico 'Gara' en diciembre de 2004 -'Gallizo' y 'El escudo'- contienen «la provocación a la violencia, siquiera indirecta, pero referida a la comisión de gravísimos delitos». Los magistrados, por unanimidad, indican que es evidente, como ya probó el Supremo en su anterior resolución, que el etarra en sus escritos enaltece y justifica la violencia de ETA y profiere al menos una «expresión amenazante» contra los funcionarios y el juez, referida a la posibilidad de que pierdan las manos si interfieren en los deseos de la banda.

Los tres magistrados están de acuerdo en resaltar que es imposible olvidar que quien profiere las palabras amenazantes es un recluso que lleva más de 20 años encarcelado por haber cometido más de una docena de asesinatos que le acarrearon unas penas que sumaron una cifra superior a 3.000 años de prisión.

La resolución, de catorce páginas, añade además que algunos de los asesinatos de De Juana afectaron a miembros de los colectivos ahora amenazados «y estuvieron motivados por actuaciones de las víctimas como las que se critican en el escrito». El tribunal, con independencia de los argumentos anteriores, decidió no admitir siquiera a trámite el recurso de amparo contra la sentencia del Supremo, porque cree que carece «manifiestamente» de razones que hagan necesario entrar a estudiar el fondo del asunto.

Año y medio de culebrón

La resolución del Constitucional pone fin a un culebrón político-judicial que ha durado un año y medio y que, en el momento más delicado del proceso fallido de diálogo con ETA para el fin de la violencia tras el salvaje atentado de la T-4, puso al Gobierno en graves apuros.

El punto álgido se produjo en febrero pasado, cuando el recluso, tras dos huelgas de hambre sucesivas que sumaron 176 días de ayuno y que le hicieron perder alrededor de 33 kilos de peso, se colocó al borde de la muerte por paro cardíaco. El Ejecutivo abortó el ayuno y de paso el fallecimiento del recluso al concederle por motivos graves de salud la posibilidad de cumplir el resto de la condena en su domicilio y trasladarle a un hospital de San Sebastián para iniciar su recuperación.

Sin embargo, la ruptura por ETA del alto el fuego mantenido durante catorce mese, el pasado 6 de junio, cambió de forma radical el enfoque del problema. Con De Juana ya notablemente recuperado tras tres meses de alimentación voluntaria, Instituciones Penitenciarias, por orden expresa del Gobierno, derogó la situación de prisión atenuada que le mantenía en el hospital Donostia, al no considerarla ya justificada, y ordenó su inmediato ingreso sin beneficio alguno en la cárcel de Aranjuez (Madrid). Fue trasladado el propio 6 de junio.
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