Asimismo, la norma prohíbe tramitar adopciones en países en guerra o que estén sufriendo los efectos de un desastre natural. También permite que los menores adoptados sepan los datos sobre sus padres biológicos al alcanzar la mayoría de edad.
Acogida
Además, los españoles que durante años han acogido temporalmente a menores procedentes de la zona de Chernobil y de otras partes de Ucrania podrán, con las debidas precauciones, adoptar legalmente a estos niños huérfanos.
En un principio, el texto que regulaba las futuras adopciones prohibía adoptar a aquellos menores extranjeros que hayan sido acogidos en programas humanitarios de estancia temporal por motivo de vacaciones, estudios o tratamiento médico. Sin embargo, la Cámara Baja modificó el proyecto para permitir la tramitación de solicitudes de menores extranjeros en estas circunstancias, siempre que tales acogimientos «hayan finalizado conforme a las condiciones para las que fueron constituidos y que en su país de origen los menores participen en programas de adopción debidamente regulados».








