
DENUNCIAS DE CRISTINA
El dictamen es la solución final del magistrado ante el recurso de Lupascu. Cristina Ene interpuso previamente varias denuncias por malos tratos. La primera de ellas se remonta al pasado 28 de febrero, la segunda al 1 de marzo y la tercera al día siguiente. Ese 2 de marzo, por primera vez, un juzgado de Getxo estableció una orden de alejamiento de 300 metros, según detalla la propia víctima.
«Empujones e insultos»
Pero la mujer siguió presentando más denuncias por la misma causa, aunque no recuerda cuántas, hasta que aumentaron la distancia a un kilómetro: «Él me ha pegado más veces. Siempre eran empujones e insultos. El castigo era coger a nuestro hijo y prohibirme dormir con él. Se encerraba en la habitación con el niño atrancando la puerta», asegura. «Lo peor era que yo tenía que volver a la misma casa», dice. Las siguientes denuncias se tradujeron en otra orden del juzgado de Getxo que aumentó la distancia a 1.000 metros. Pero el recurso posterior de su ex pareja ha supuesto una reducción. Para ello, la defensa de Florin alegó que residía a unos 300 metros del domicilio de ella y que era normal cruzarse con Cristina «de manera ocasional e involuntaria», según el auto.
El criterio final de la Audiencia es que «si el acusado decide aproximarse, la nueva distancia impuesta (300 metros) no ha de resultarle disuasión de mayor entidad que la anterior (de 1.000 metros). En consecuencia, la modificación de la medida cautelar «no confiere mayor protección para la denunciante frente al denunciado».








