
La primera consecuencia de los plazos previstos por el tribunal europeo es que cualquier intento de la izquierda abertzale de concurrir con listas propias a los próximos comicios, tal como ya han anticipado algunos de sus líderes, tendrá que pasar por el filtro de legalidad del Supremo y Constitucional. Como en ocasiones anteriores, a la vista de la Ley de Partidos, anularán las listas si cuentan con pruebas de que son herederas del partido proscrito.
El recurso de Batasuna ante el tribunal de Estrasburgo es la última esperanza de la formación ilegalizada de retornar a las instituciones sin tener que plegarse a las exigencias de la Ley de Partidos ni pasar por el registro del Ministerio del Interior para crear un nuevo partido que rechace el terrorismo de ETA y acate la Constitución. Su aspiración es que el tribunal acepte su recurso y el Gobierno español se vea en la obligación de reformar o derogar la Ley de Partidos, o al menos flexibilizar su aplicación.
Las resoluciones del tribunal de Derechos Humanos no son vinculantes para los Estados ni tienen la capacidad de casar las decisiones de los tribunales nacionales, pero tienen gran prestigio y marcan una obligación moral para los gobiernos, como el español, que reconocen su autoridad y han firmado los convenios europeos de derechos fundamentales.
El presidente del tribunal de Estrasburgo, Jean Paul Costa, que ayer asistió a unas jornadas jurídicas en Madrid y se entrevistó con los máximos responsables del Supremo, explicó que aún quedan unos seis meses para que la sala que tramita el recurso de Batasuna decida si lo rechaza o si inicia una deliberación que terminará en sentencia.
Fase intermedia
Costa comentó que el recurso, que se presentó en la institución europea en julio de 2004, se encuentra en la fase intermedia de su tramitación. La representación legal del partido proscrito denunció las resoluciones del Supremo y del Constitucional porque considera que violaron los derechos a un juez imparcial, a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia, a la libertad ideológica y de expresión y, sobre todo, a la libertad de asociación.
El recurso, tras superar en la primavera de 2006 el primer corte, el que rechaza de plano cualquier demanda que no cumpla con los mínimos criterios formales, entró en la fase intermedia. Los magistrados que lo sustancian solicitaron a España y a la demandante sus alegaciones, documentos que se encuentran en su poder desde hace casi un año. El Gobierno entregó el 19 de junio de 2006 a Estrasburgo un informe de la Abogacía del Estado que pide un respaldo sin paliativos a la sentencia del Supremo que ilegalizó a Batasuna.
Será la segunda vez que el tribunal de Derechos Humanos se tiene que pronunciar sobre la ley española de Partidos Políticos. El 9 de febrero de 2004 rechazó el recurso presentado por el Gobierno vasco contra la sentencia del Constitucional que otorgaba total validez a la redacción de la norma.
La contestación que el tribunal europeo dé a Batasuna en 2008 será clave para solventar los varios centenares de recursos que la corte europea acumula desde 2003, presentados por las listas anuladas por el Supremo en cuatro comicios sucesivos, por considerarlas sucesoras del partido ilegalizado. Los primeros recursos llegaron en noviembre de 2003, en concreto 221, tantos como listas herederas fueron excluidas de los comicios en las elecciones locales de esa primavera.






