
El dirigente de Askatasuna Juan María Olano, antes de ser detenido el domingo en la manifestación ilegal de San Sebastián. /Archivo
El juez Baltasar Garzón ha ordenado hoy el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del dirigente de Askatasuna Juan María Olano por los delitos de integración en banda armada (por el que ya está procesado) e inducción al terrorismo callejero durante la manifestación ilegal que lideró el domingo en San Sebastián en apoyo a los presos de ETA. Olano ingresará en la prisión de Soto del Real.
El titular del Juzgado Central ha dictado el auto de prisión después de interrogar esta mañana durante más de media hora al dirigente de la izquierda abertzale, que se negó a declarar. Olano fue detenido por la Ertzaintza el pasado domingo por su participación en la marcha, prohibida por la Consejería de Interior del Gobierno vasco, y tras ser puesto en libertad por orden de Garzón.
Garzón señala que Olano, con su participación en esta manifestación, "incitó claramente al mantenimiento y desarrollo de un acto de carácter ilegal y con clara conciencia de que podrían producirse hechos graves, como en efecto ocurrieron, encabezando la manifestación junto con otras personas". Asimismo, realizó "varios llamamientos a través de los medios de comunicación invitando a la ciudadanía a participar en el acto".
En el auto, el titular de Juzgado Central de Instrucción número 5 señala que Olano, "como representante de Askatasuna, directamente o bajo el manto del denominado Movimiento Pro Amnistía", trató de "escenificar un auténtico desafío a las instituciones incitando a la comisión de delitos terroristas". De igual modo, su acción se enmarca, según Garzón, "en el conjunto de acciones terroristas gravísimas desarrolladas por ETA, parte de las cuales se insertan con un tándem armónico y articulado, en los diferentes frentes".
Petición de la Fiscalía
Durante la declaración ante Garzón, la Fiscalía pidió la prisión incondicional de Olano por reiteración del delito de integración en organización terrorista, por el que será juzgado en octubre durante el proceso contra Gestoras Pro Amnistía, e inducción al terrorismo callejero durante la marcha de San Sebastián. Su defensa solicitó la puesta en libertad al entender que Garzón no es competente en ninguna de las dos causas.
La defensa de Olano, ejercida por la abogada Jone Goirizelaia, solicitó una declinatoria de jurisdicción al considerar que el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional no es competente para valorar los hechos posteriores a la manifestación, a pesar de que en 2006 abrió unas diligencias previas contra Askatasuna derivadas del sumario de Gestoras Pro Amnistía al entender que la primera organización sustituyó a la segunda.
Goirizelaia, que denunció "un montaje judicial" que enmarcó en el "derecho penal de autor", argumentó que el delito de integración ya está incluido en el sumario Gestoras-Askatasuna, pendiente del señalamiento del juicio por parte de la Sala de lo Penal, y que el de terrorismo callejero correspondería al Juzgado de Instrucción número 4 de San Sebastián, que se declaró ayer competente en una causa por desórdenes públicos y puso a Olano en libertad con cargos. En este sentido, indicó que esta situación podría derivar en un conflicto de competencias entre los dos juzgados.
Sin embargo, el representante del Ministerio Público defendió que no existe interferencia entre ambos juzgados porque, a su entender, la participación en la marcha del antiguo líder de Gestoras y actual portavoz de Askatasuna supone reanudar una acción constitutiva de un delito de integración en organización terrorista, lo que se correspondería con las diligencias abiertas por Garzón.