
La nueva sentencia, cuyo contenido adelantó ayer EL CORREO, supone «un reconocimiento» a las tesis defendidas por las instituciones vascas, subrayó la Diputación de Vizcaya. En ella, los magistrados aceptan un recurso de ese Ejecutivo foral contra una resolución por la que el Tribunal Superior suspendió de forma cautelar la regulación sobre el tratamiento fiscal de los beneficios empresariales aprobada en 2005, que era casi un calco de la que había sido anulada meses atrás. El Impuesto de Sociedades ha sido reformado desde entonces en dos ocasiones. El Supremo recuerda que, desde que emitió su anterior fallo, el Tribunal de la UE se ha pronunciado sobre el 'caso Azores' en un sentido diametralmente opuesto al suyo y reconoce que las haciendas forales podrían tener capacidad para aprobar tributos distintos a los que se apliquen en territorio común.
Sin entrar en el fondo del asunto, del texto se deduce que concede una tregua a la fiscalidad vasca hasta que la Corte de Luxemburgo se pronuncie sobre ella. La Justicia europea revolverá en enero una cuestión prejudicial que le ha planteado el Tribunal Superior sobre los límites de las haciendas vascas para ejecutar la capacidad normativa en materia tributaria.
El fallo es «extremadamente relevante» y «un éxito», según la Diputación vizcaína, porque sienta en su opinión «dos principios esenciales»: que no se podrá volver a suspender de forma cautelar ninguna disposición foral al amparo de la sentencia de diciembre de 2004 y la «prioridad del interés general en la norma» frente a posibles recursos, como los planteados por comunidades como La Rioja.
La Diputación de Guipúzcoa se mostró «esperanzada» en que el Tribunal de la UE aplique la doctrina de las Azores a Euskadi, mientras el Gobierno vasco explicó que analizará «en profundidad» la resolución, que «contradice radicalmente» la postura mantenida hasta ahora por el Supremo.
Más estabilidad
Confebask se felicitó por el fallo, que «puede interpretarse como el cuestionamiento» por parte del Alto Tribunal de la sentencia en la que anuló el Impuesto de Sociedades, «que ha dado pie a una constante serie de impugnaciones de la normativa foral vasca». La patronal subrayó que la Sala «viene a reconocer que el único competente para juzgar el alcance del Derecho comunitario y, por tanto, la legalidad de las normas vascas en su aspecto diferencial con el Estado» es la Corte de Luxemburgo. Espera que la resolución sea el preludio de otras que permitan revocar todas las medidas cautelares adoptadas y dote de mayor estabilidad al Concierto Económico.
En similares términos se expresó la patronal vizcaína Cebek, que subrayó que, a la espera de que se pronuncie el Tribunal de la UE, «no caben ya suspensiones cautelares» de disposiciones fiscales vascas a petición de instituciones o gobiernos autonómicos. La Cámara de Comercio de Bilbao también expresó su «satisfacción» por la sentencia, aunque hizo hincapié en que «lo más importante» es lo que determine la Justicia europea.






