La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ratifica que las estaciones de servicio de Repsol no son meras comisionistas, ya que asumen riesgos y, por lo tanto, no se les pueden imponer los precios. Señala, por ejemplo, que los titulares de las gasolineras están obligados a pagar la mercancía entregada con independencia de que se venda o no.
La Audiencia Nacional da así la razón a la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES), que considera que la sentencia permitirá a la mayoría de las gasolineras de Repsol YPF comprar carburantes a otros operadores y fijar libremente sus precios.
La petrolera, por su parte, aseguró ayer que la decisión no tendrá ningún efecto «ni jurídico ni económico» en la compañía. Fuentes de Repsol explicaron que la multa se pagó en su día y que los contratos afectados ya no están en vigor, puesto que se han modificado en línea con las recomendaciones de la UE.






