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ALAVA - VIZCAYA | Personalizar edición | RSS | ed. impresa | Regístrate | Martes, 29 mayo 2012

Economía

ECONOMÍA
Industria anula la capacidad de la CNE para vetar las decisiones que adopte Enel en Endesa
Mantiene, sin embargo, la obligación de que la sede de la eléctrica permanezca en España
31.08.07 -
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Industria anula la capacidad de la CNE para vetar las decisiones que adopte Enel en Endesa
Joan Clos.
Las condiciones que había impuesto la Comisión Nacional de la Energía (CNE) a Enel para aceptar un incremento de su participación en Endesa desde el 10% hasta el 24,9% quedan reducidas a papel mojado por decisión del Ministerio de Industria. El regulador ya no tendrá derecho de veto 'a posteriori' sobre decisiones estratégicas adoptadas por la compañía italiana en su gestión de la eléctrica española -de la que será el primer accionista tras la OPA que ha anunciado junto a Acciona-, ni el grupo transalpino tendrá que remitirle previamente el orden del día de sus consejos de administración. Bastará que le informe cada seis meses, o cuando lo requiera el supervisor, sobre aquellas medidas que afecten a la seguridad pública o a los intereses españoles.

Endesa recurrió ante Industria las condiciones que impuso la CNE a Enel para elevar su presencia en el capital de esa compañía. La eléctrica que preside Manuel pizarro pidió, entre otras cosas, la retirada de la opción de veto, de la obligación de remitir por anticipado el orden del día de sus consejos y de la imposición del mantenimiento de la sede en España. El departamento dirigido por Joan Clos ha aprovechado la ocasión para pulverizar buena parte de los requerimientos regulador.

El ministerio considera que el veto «va más allá de lo establecido por la propia ley». El más severo de los doce requisitos impuestos por la CNE obligaba a Enel a informarle en los diez días siguientes a la celebración de los consejos o juntas de accionistas de Endesa de los puntos del día tratados, de los acuerdos adoptados y del sentido y la motivación del voto de sus consejeros, en todo lo relativo a la seguridad y el interés general.

Con esa información, el regulador hubiera podido revocar cualquier acuerdo que afecte a esos aspectos críticos siempre que para su aprobación hubiera sido necesario el voto de Enel. La CNE argumentó que se guardaba ese derecho para prevenir los riesgos adicionales derivados del control y de los poderes especiales que ostenta el Gobierno de la República de Italia en el seno de Enel .

Sede en España

En esencia, de los requisitos acordadas por la CNE sólo queda en pie la imposición de que los órganos de gobierno y administración de Endesa se queden en España, porque también se suaviza la exigencia del mantenimiento de los planes de inversión, ajustados a la planificación indicativa que para el gas y la electricidad realiza el Gobierno. El regulador estimó que esa condición debía ser vinculante. Industria entiende que basta considerarla «orientativa».

El Gobierno ha resuelto el recurso de Endesa alineando sus criterios con la decisión adoptada por el Consejo de Ministros en abril por la que se autorizó a Enel ejercer los derechos políticos de las acciones que obraban en su poder, sin aplicarle el límite del 3% que la ley permite cuando la empresa propietaria está participada por capital público de otro país.
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