Desde hace ya mucho tiempo, los ásperos debates que jalonan la aprobación del Impuesto de Sociedades han ganado un enorme protagonismo político, aunque hayan perdido todo su sentido económico. El tipo final del impuesto centra la discusión, pero no es demasiado relevante si es el 28%, el 29% o el 30%; y tampoco lo es que un territorio histórico elija el 28% y otros prefieran el 29% o el 30%. Hagan números. Si una empresa gana una cifra equivalente al 10% de sus ventas -muchas estarían encantadas- estaremos hablando de diferencias de presión fiscal de tan sólo una o de dos décimas. Además, hay que tratar de ser consecuentes. Aunque sea un poco. Les hemos pedido a los riojanos que no se quejen de las diferencias existentes entre Logroño y Oion porque son nimias, y no encuentro ahora razones capaces de convertirlas en insuperables entre Ermua y Eibar. Lo verdaderamente importante es que la estructura global del impuesto dinamice la actividad, y fomente la inversión y la creación de empleo.
El problema es mucho más político que económico. Aquí hay una disputa de hegemonías partidistas que crece gracias a la enorme complejidad de las matemáticas parlamentarias territoriales. El PNV sacó adelante su reforma del impuesto en Vizcaya y Álava al contar con el apoyo del PP. Pero en Guipúzcoa necesita el de EA y algo más. Y este partido hace tiempo que decidió utilizar este asunto como ariete de asalto.
Y luego nos queda la terrible cuestión de las competencias. Si se van hasta el artículo 5 de la Ley 3/89 de Armonización, Coordinación y Colaboración Fiscal verán que allí se ordena armonizar los aspectos sustantivos del impuesto. Por ejemplo, el ámbito de aplicación, el hecho imponible, el sujeto pasivo, la base imponible, el tipo de gravamen y el devengo. Está muy claro. Pero ¿quién debe armonizar lo desarmonizado: el Gobierno o el Parlamento? ¿Y qué hacemos entonces con la soberanía fiscal de las diputaciones? ¿Vaya enredo!