
Este procedimiento se inició a raíz de la querella presentada por el Foro Ermua tras la reunión que el lehendakari y dirigentes de Batasuna mantuvieron el 19 de abril del año pasado. El magistrado instructor decidió en un auto del 28 de junio abreviar el procedimiento y preguntar a las partes su opinión antes de proceder a la apertura de la vista oral. La defensa del lehendakari presentó un recurso de apelación el pasado viernes ante el TSJPV contra este auto del 28 de junio.
En su escrito, la defensa del lehendakari solicitó el archivo de la causa dada la situación de "indefensión" del lehendakari "a la hora de hacer política" y al entender que no existe conducta tipificada en el código penal. En su opinión, la decisión de mantener abierto el proceso penal contra Ibarretxe "en base a unos supuestos indicios de criminalidad" y de dar traslado tanto a las acusaciones como al Ministerio Fiscal para que, en su caso, soliciten la apertura de vista oral, "lesiona de manera directa el derecho fundamental del artículo 23 de la Constitución Española".
El citado artículo de la Carta Magna afirma que "los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal" así como a "acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos".
Auto del Supremo
La representación legal de Ibarretxe recuerda el auto del Tribunal Supremo del 13 de noviembre de 2006 así como la inadmisión trámite de la querella de Manos Limpias contra el presidente del Gobierno y miembros del Consejo de Ministros, en febrero de 2007, decisiones que avalan, a su juicio, la tesis de que "no concurren los elementos objetivos y subjetivos de tipo penal que se le imputan" al lehendakari.
También afirma que la sentencia de ilegalización de Batasuna no afectaba a las personas físicas del partidos, por lo que se pregunta "cómo puede representarse a una persona jurídica inexistente, en cuanto ilegalizada". En su opinión, el magistrado ha hecho "una lectura arriesgada del tema y una sesgada y parcial descripción de los hechos" al entender que puede haber indicios de criminalidad en el hecho de que destacados representantes políticos se reúnan con "personas que no pueden representar a un partido inexistente".
"Observamos lagunas de argumentación y de acogimiento de hechos relatados en el auto que precisan de una mayor solidez para mantener la imputación que pretende el magistrado", indica, a la vez que llama la atención sobre la "palmaria escasez de hechos supuestamente probados y de relevancia jurídico penal". "De ahí, la innecesaria e imposible continuidad del proceso", indica.
Censura que se haga prevalecer el principio de autoridad a los otros valores constitucionales" que hace entrar en una "dinámica ajena a cualquier atisbo de seguridad jurídica". "Cualquiera podrá -agrega- de prosperar esa línea interpretativa, querellarse frente a quien decida reunirse con un delincuente", precisa.






